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REAL DECRETO 201/2010, DE 26 DE FEBRERO DE 2010, POR EL QUE SE REGULA EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL EN RÉGIMEN DE FRANQUICIA Y LA COMUNICACIÓN DE DATOS AL REGISTRO DE FRANQUICIADORES

La actividad comercial en régimen de franquicia , desarrollada por medio de los denominados acuerdos o contratos de franquicia , mejora normalmente la distribución de productos y la prestación de servicios, puesto que da a los franquiciadores la posibilidad de crear una red de distribución uniforme mediante inversiones limitadas, lo que facilita la entrada de nuevos competidores en el mercado, particularmente en el caso de las pequeñas y medianas empresas, con el consiguiente aumento de la competencia entre marcas. A la vez, permite que los comerciantes independientes puedan establecer negocios más rápidamente y, en principio, con más posibilidades de éxito que si tuvieran que hacerlo sin la experiencia y la ayuda del franquiciador , abriéndoles así la posibilidad de competir de forma más eficaz con otras empresas de distribución.

Asimismo, los acuerdos de franquicia también pueden beneficiar a los consumidores y usuarios, puesto que combinan las ventajas de una red de distribución uniforme con la existencia de comerciantes interesados en el funcionamiento eficaz de su negocio.

El art. 62 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, regula el régimen de franquicia . El apartado 2 de este artículo preceptúa que las personas físicas o jurídicas que pretendan desarrollar en España la actividad de franquiciadores deben comunicar sus datos en el plazo de 3 meses desde el inicio de su actividad y a los solos efectos informativos al Registro que puedan establecer las Administraciones competentes, y que deberá estar coordinado con el Registro estatal. Por su parte, el apartado 3 de este artículo, determina la información que el franquiciador deberá entregar al futuro franquiciado para que pueda decidir, libremente y con conocimiento de causa, su incorporación a la red de franquicia . Asimismo, este apartado señala que reglamentariamente se establecerán las demás condiciones básicas para la actividad de cesión de franquicias .

En la actualidad, el Real Decreto 1182/2008, de 11 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, atribuye a la Dirección General de Política Comercial el registro, control y seguimiento de aquellas modalidades de comercialización de carácter especial de ámbito nacional y las competencias derivadas de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.

En el desarrollo de la citada Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, se ha tenido en cuenta el derecho comunitario, y en especial dos de sus disposiciones. Por un lado, el Reglamento único de exención 2790/1999, de 22 de diciembre (Reglamento (CE) nº 2790/1999 de la Comisión, de 22 de diciembre de 1999, relativo a la aplicación del apartado 3 del art. 81 del Tratado CE a determinadas categorías de acuerdos verticales y prácticas concertadas) que vino a derogar y a sustituir al anterior reglamento de exención por categorías de acuerdos de franquicia (el Reglamento (CEE) nº 4087/88, de la Comisión, de 30 de noviembre de 1988, relativo a la aplicación del apartado 3 del art. 85 del Tratado a categorías de acuerdos de franquicia ), y es de aplicación directa a los acuerdos de franquicia que afectan al mercado comunitario y al nacional. Por otro lado, la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior (en adelante, Directiva de Servicios), se ha tenido en cuenta a efectos de racionalizar, simplificar y omitir barreras innecesarias en el acceso y prestación de los servicios, coadyuvando a mejorar la regulación del registro existente hasta el momento.

Se mejora la regulación del registro estatal creado en 1998 que garantiza la centralización de los datos relativos a los franquiciadores , a los efectos de información y publicidad; y, a este fin, se fijan las directrices técnicas y de coordinación entre los registros similares que pueden establecer las comunidades autónomas, bajo el principio de interoperabilidad de registros y ventanilla única previstos en la Directiva de Servicios.

En todo caso, la llevanza del registro corresponderá a las comunidades autónomas donde los franquiciadores tengan su sede social, de manera que se aceptarán como vinculantes las propuestas de inscripción, cancelación y revocación que aquéllas efectúen.

La necesidad del registro de franquiciadores viene dictada, entre otras razones, por la conveniencia de disponer de un censo actualizado de estas empresas, cuyo sector comercial está experimentando un fuerte desarrollo en España.

La disposición final única de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, señala que el art. 62 constituye legislación civil y mercantil, y será de aplicación general por ampararse en la competencia exclusiva del Estado para regular el contenido del derecho privado de los contratos, resultante del art. 149.1.6ª y 8ª de la Constitución.

Asimismo, el apartado 2 del art. 62 tiene la consideración de norma básica, dictada al amparo del art. 149.1.13ª de la Constitución.

En la elaboración de esta disposición han sido consultadas las comunidades autónomas y oídos los sectores afectados.

CONSULTAR EL TEXTO NORMATIVO AQUÍ

El Código Deontológico, es un manual de buenas costumbres y buena conducta para los usuarios de la Franquicia en Europa; no pretende sustituir los Derechos Nacionales o Europeos existentes.

Dicho Código Deontológico es el resultado de la experiencia y el trabajo de la Federación Europea de la Franquicia (E.F.F.) y de sus miembros (Austria, Bélgica, Dinamarca, Francia, Gran Bretaña, Italia, Holanda, Portugal y RFA) de acuerdo con la Comisión de la Unión Europea. Remplaza, anticipándose al Mercado Unico, al anterior Código Europeo de Deontología de la Franquicia y a todos los Códigos Deontológicos Nacionales y regionales existentes actualmente en Europa.

La Federación Europea de la Franquicia (E.F.F.) está formada por asociaciones o federaciones nacionales de Franquicias establecidas en Europa cuyo objetivo es, entre otros, el estudio objetivo y científico de la Franquicia, bajo todos sus aspectos, la coordinación de las acciones de sus miembros, la promoción en general y los intereses de los asociados en particular.

Este Código de Deontología entró en vigor el día 1 de enero de 1991.

La evolución y la importancia creciente de la Franquicia en la economía europea, así como la entrada en vigor del Reglamento de exención global aplicable a los acuerdos de Franquicia desde el 1 de febrero de 1989, han conducido a que la E.F.F. revise su Código Deontológico.

A continuación se detalla el propio Código Deontológico

1. Definición de Franquicia

La FRANQUICIA es un sistema de comercialización de productos y/o servicios y/o tecnologías, basada en una estrecha y continua colaboración entre empresas jurídica y financieramente distintas e independientes (1), el Franquiciador y sus Franquiciados, en el que el Franquiciador dispone el derecho e impone a sus Franquiciados la obligación de explotar una empresa de acuerdo con sus conceptos (2). El derecho así concedido autoriza y obliga al Franquiciado, a cambio de una aportación económica, directa o indirecta, a utilizar la marca de productos y/o servicios, el "know how" (saber hacer) (3) y otros derechos de propiedad intelectual, ayudado por la continua asistencia comercial y/o técnica, en el marco de un contrato de Franquicia escrito suscrito por las partes a este efecto.

2. Principios Rectores

2.1.- El Franquiciador inicia una Cadena de Franquicias, constituida por él mismo y sus Franquiciados, en la que debe velar por su continuidad (4).

2.2.- El Franquiciador debe:

a) Haber puesto a punto y explotado con éxito un concepto durante un tiempo razonable y, al menos, en una unidad piloto, antes del lanzamiento de la cadena (5).
b) Ser titular de los derechos sobre los signos de distinción entre la clientela: marcas y signo distintivos (6), (7).
c) Aportar a sus Franquiciados una formación inicial e, igualmente una asistencia comercial y/o técnica continuada durante toda la validez del contrato.

2.3.- El Franquiciado debe:

a) Esforzarse para conseguir el desarrollo de la cadena de Franquicias y el mantenimiento de la identidad común y su reputación.
b) Proporcionar al Franquiciador las bases operacionales con el fin de facilitar la determinación de los resultados y los estados financieros requeridos para la dirección de una gestión eficaz. El Franquiciado y/o sus delegados a tener acceso a su local y a su contabilidad durante horas razonables.
c) No divulgar a terceros el "know how" proporcionado por el Franquiciador, ni durante ni después de la finalización del contrato (8).

2.4.- Las dos partes deben respetar, continuadamente, las siguientes obligaciones:

a) Actuar de forma justa en sus relaciones mutuas. El Franquiciador advertirá por escrito al Franquiciado de toda infracción del contrato y le concederá, si está justificado, un plazo razonable para su reparación.
b) Resolver sus quejas y litigios de forma leal y con buena voluntad, mediante la comunicación y la negociación directas.

3.- Reclutamiento, Publicidad y Divulgación

3.1.- La publicidad para el reclutamiento de los Franquiciados debe estar desprovista de toda ambigüedad y de informaciones engañosas.

3.2.- Todo documento publicitario en el que aparezcan directa o indirectamente resultados financieros provisionales del Franquiciado deberá ser objetivo y verificable.

3.3.- Con el fin de que el futuro Franquiciado pueda comprometerse con pleno conocimiento de causa, el Franquiciador le proporcionará una copia del presente Código de Deontología, así como de una información completa y por escrito respecto a las cláusulas del contrato de Franquicia, en un plazo razonable antes de la firma del contrato.

3.4.- Desde que el Franquiciador propone la firma de un contrato de reserva, se deben respetar los siguientes principios:

- Antes de la firma de cualquier contrato de reserva, el Futuro Franquiciado debe recibir información escrita tanto sobre el contenido de dicho contrato, como de los gastos a los que deberá hacer frente.

Si el contrato de Franquicia está firmado, los desembolsos serán devueltos por el Franquiciador o serán válidos a descontar sobre el derecho de entrada, si llega el caso.

-Debe precisarse la duración del contrato de reserva y se debe prever una cláusula de indemnización.

-El Franquiciador puede imponer una cláusula de no competencia y de confidencialidad con el fin de impedir el desvío de la información transmitida durante la duración del contrato de reserva.

4.- Selección de franquiciados

El Franquiciador seleccionará y no aceptará nada más que a los Franquiciados que, tras una entrevista razonable, cumplan los requisitos necesarios (formación, cualidades personales, capacidad, etc) para la explotación de la empresa Franquiciada.

5.- El contrato de franquicia

5.1.- El contrato de Franquicia debe estar de acuerdo con el Derecho nacional, el Derecho de la Comunidad Europea y el Código de Deontología.

El contrato reflejará los intereses de los miembros de la cadena de Franquicias, protegiendo los derechos de propiedad industrial o intelectual del Franquiciador y manteniendo la identidad común y la reputación de la cadena de Franquicias (9).

Todo contrato que regule las relaciones Franquiciador/Franquiciado debe ser redactado o traducido por un Traductor Jurado en la lengua oficial del país en el que el Franquiciado esté establecido; las copias del contrato firmado se remitirán inmediatamente al Franquiciado.

5.2.- El contrato de Franquicia debe definir sin ambigüedad las obligaciones y responsabilidades de las partes, así como cualquier otra clausula de colaboración.

5.3.- Puntos esenciales del contrato de Franquicia:

- Derechos del Franquiciador.
- Derechos del Franquiciado.
- Bienes y/o servicios objeto de la Franquicia.
- Obligaciones del Franquiciador.
- Obligaciones del Franquiciado.
- Duración del contrato, de forma que permita al Franquiciado la amortización de las inversiones específicas de la Franquicia.
- Condiciones para la renovación del contrato (10) llegado el caso.
- Condiciones en las que se podría realizar una cesión de los derechos del contrato y derecho preferente de compra (derecho de retracto) del Franquiciador.
- Condiciones de uso de los signos distintivos: marca, marca de servicios, rótulo, logo y demás.
- Derecho del Franquiciador a cambiar el concepto de su Franquicia.
- Causas de rescisión del contrato.

En caso de rescisión del contrato antes del plazo previsto, condiciones para que el Franquiciador recupere todo elemento corporal o incorporal que le pertenezca (11).

6.- Master-Franquicia

Este Código de Deontología no se aplica a las relaciones entre el Franquiciador y su Master-Franquicia.
Por el contrario, se aplica a las relaciones entre Master-Franquicia y los Franquiciados.

A N E X O S

(1) El Franquiciado es responsable de los recursos humanos y económicos y, respecto a terceros, es también responsable de los actos llevados a cabo en el marco de la Franquicia.
Tiene la obligación de colaborar para conseguir el éxito de la cadena a la que está unido.

(2) El "concepto" es la conjunción de tres (3) elementos:
- La propiedad o el derecho de uso de los signos distintivos (maraca, rótulo, razón social, nombre comercial, signos, logos).

- El uso de una experiencia, un "saber hacer".
- Una serie de productos, servicios y/o tecnologías, patentadas o no, que el Franquiciador ha concebido, ha puesto a punto o ha adquirido.

(3) Definición de "saber hacer" (know how):

El "saber hacer" es un conjunto de informaciones prácticas, no patentadas, que resultan de la experiencia del Franquiciador (previamente testadas por él mismo). Es secreto, sustancial e identificable.

"Secreto", significa que el know how, en su conjunto o en el de sus componentes, no es generalmente conocido ni fácilmente accesible: esto no implica el desconocimiento total de cada uno de sus componentes individuales o la imposibilidad de obtenerlos fuera de las relaciones con el Franquiciador.

"Sustancial", significa que el "saber hacer" debe incluir información importante para la venta de los productos o la prestación de servicios a los usuarios finales y, especialmente, para la presentación de los productos en relación con la prestación de servicios, las relaciones con la clientela y la gestión administrativa y financiera; el "saber hacer" debe ser útil para el Franquiciado, siendo susceptible, en la fecha de terminación del contrato, de mejorar la posición competencial del Franquiciado, en particular, mejorando sus resultados o ayudando a la entrada de un nuevo mercado.

"Identificable", significa que el "know how" debe describirse de forma tan completa que permita la verificación de que cumple con las condiciones de secreto y sustancialidad; la descripción puede hacerse en el propio contrato de Franquicia, en un documento separado o de cualquier otra forma apropiada para ello.

El Franquiciador debe garantizar al Franquiciado el disfrute del "saber hacer" que ha creado y desarrollado. Dicho "saber hacer" es transmitido mediante una información y formación adaptadas al Franquiciado, controlando su aplicación y el respeto al mismo.

El franquiciador debe impedir cualquier utilización o transmisión del "saber hacer", en particular con respecto a cadenas de Franquicias de la competencia, que pueda perjudicar a su propia cadena, tanto en el periodo pre-contractual, como en el contractual y post-contractual.

(4) La cadena de Franquicias se compone del Franquiciador y sus Franquiciados.

Por su organización y desarrollo, la cadena contribuye a la mejora de la producción y/o la distribución de los productos y/o servicios y promover el progreso técnico y económico, reservando a a los usuarios una parte justa de beneficio que de ello resulte.

La marca del Franquiciador, símbolo de la identidad y la reputación de la cadena, constituye la garantía de calidad del servicio prestado al consumidor.

Esta garantía se asegura mediante la transmisión y el control del respeto por el "savoir faire" y la puesta a disposición de una gama homogénea de productos, servicios y/o tecnologías.

El Franquiciador se debe asegurar de que el Franquiciado, mediante los términos adecuados, haga saber su naturaleza de empresario juridicamente independiente.

(5) El Franquiciador tiene la obligación de promocionar su marca, buscar la innovación, los recursos humanos y económicos, etc de forma que se asegure de la continuidad de su "concepto".

(6) Estos derechos deben tener una duración, al menos, igual a la del contrato.

(7) La imagen de la marca.

El Franquiciador debe garantizar al Franquiciado el disfrute de los signos distintivos puestos a su disposición, principalmente la validez de sus derechos sobre la(s) marca(s). Igualmente tiene la obligación de conservar y desarrollar la imagen de la marca.

El Franquiciador debe velar para que el Franquiciado respete las normas de uso de la marca y demás signos distintivos.
Al final del contrato, el Franquiciador se debe asegurar de que el antiguo Franquiciado no utilice la marca ni los demás signos distintivos en su propio beneficio.

En caso de exclusividad del uso de la marca en un ámbito territorial determinado, el Franquiciador debe precisar las condiciones: objeto, zona, etc.

Igualmente, el Franquiciador debe asegurarse de que el conjunto de productos, servicios y/o tecnologías ofrecidas al consumidor se adapten a la imagen de la marca; todo ello, mediante una cláusula de compra exclusiva para los sistemas que lo justifican y, sobre todo, para los productos que lleven la marca del Franquiciador.

(8) A este respecto, el contrato podrá prever una cláusula de no competencia durante y al final del contrato, cuya duración y objeto se determinarán teniendo en cuenta en interés de la cadena.

(9) Relaciones contractuales.

El Franquiciador y los Franquiciados saben que colaboran en un sistema en el que sus intereses están unidos, tanto a corto como a largo plazo. El éxito de la Franquicia depende de la elasticidad del sistema y del sentido de la responsabilidad de cada uno de ellos.

Por lo tanto, sus relaciones deben permitir un seguimiento de la evolución de la cadena, necesario para la mejora de su funcionamiento y la satisfacción de los consumidores.

El contrato debe reflejar la estrategia de la cadena de Franquicias, incluyendo los medios necesarios para el desarrollo de los objetivos.

En función del interés de la cadena de Franquicias, se debe apreciar de forma global el equilibrio del contrato, que debe favorecer el diálogo y las soluciones de conciliación.

El Franquiciador tiene la obligación de informar al Franquiciado, con preaviso suficiente, de su intención de no renovar el anterior contrato o de no firmar uno nuevo, llegado su término.

(10) El Franquiciador, habiendo señalado en el contrato las condiciones de uso y provisionamiento de los materiales específicos de la Franquicia, no busca penalizar al antiguo Franquiciado, sino proteger la identidad y reputación de la cadena de Franquicias.

(11) El Franquiciador, habiendo señalado en el contrato las condiciones de uso y aprovisionamiento de los materiales específicos de la Franquicia, no busca penalizar al antiguo Franquiciado, sino proteger la identidad y reputación de la cadena de Franquicias.

ACCEDA AL TEXTO NORMATIVO EN INGLÉS AQUÍ

Tenerife Licita cumple diez años fomentando la participación de las empresas en más de 4.000 licitaciones internacionales

29/11/2024

  • El programa ha contribuido a que 52 empresas de la isla encuentren una oportunidad de negocio en los mercados exteriores mediante licitaciones con organismos globales como la ONU

29 de noviembre de 2024.- El programa Tenerife Licita, una iniciativa de  la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Santa Cruz de Tenerife y el Cabildo de Tenerife, ha facilitado la participación de 52 empresas  de la isla en un total de 4.048 procesos de licitación internacional, unas cifras que se han cristalizado en la formalización de 46 contratos. Esta fue una de las conclusiones hechas públicas durante el acto del décimo aniversario del proyecto. 

Gracias a esta colaboración público-privada, Tenerife Licita ha contribuido durante estos diez años a la expansión territorial de 52 empresas, que han podido participar en procesos de contratación internacionales, un nicho de negocio que genera en torno a 120 millones de euros al año.

El acto institucional, celebrado en el Casino de Tenerife, contó con la presencia del presidente de la Cámara, Santiago Sesé; el viceconsejero de Economía e Internacionalización del Gobierno de Canarias, Gustavo González de Vega, y del vicepresidente y consejero de Turismo, Acción Exterior y Relaciones Institucionales del Cabildo de Tenerife, Lope Afonso, así como representantes empresas del programa, externas y personas vinculadas a la iniciativa.

Santiago Sesé destacó, en su intervención, que el programa “es mucho más que un proyecto, porque ha marcado un antes y un después en la forma en que las empresas de Tenerife se posicionan en el mercado internacional”. 

Además, señaló que Tenerife Licita ha permitido a estas organizaciones “competir y acceder a contratos públicos y privados en un entorno globalizado, identificando ofertas internacionales relevantes mediante un asesoramiento personalizado en los requisitos técnicos, legales y administrativos”. Incidió, en particular, en la ONU, una institución a la que se han presentado 19 propuestas, de las que siete han llegado a las conocidas como listas cortas y cuatro han resultado ganadoras”.

“Hoy no solo celebramos el décimos aniversario del programa, sino que también revalidamos nuestro compromiso para apoyar, formar y acompañar a nuestras empresas con el objetivo de que sean protagonistas en los mercados internacionales”, indicó.

Colaboración público-privada

Santiago Sesé también aprovechó la ocasión para reivindicar el valor de la cooperación entre la iniciativa pública y el sector privado. Una alianza entre el Cabildo de Tenerife y la Cámara de Comercio que “ha permitido combinar recursos, conocimientos y estrategias para demostrar que otro modelo de negocio es posible”. “Es la clara muestra de lo que podemos lograr cuando trabajamos juntos hacia un objetivo común”, resaltó.

En este mismo sentido se pronunció  el viceconsejero Gustavo González de Vega, que resaltó la importancia de que “las buenas ideas, como Tenerife Licita, se mantengan más allá de las posiciones políticas. 

El viceconsejero destacó la labor de la Cámara y el Cabildo para hacer posible la permanencia del programa a lo largo de este tiempo, “haciendo posible que nuestras empresas muestren su talento en el exterior”. También se refirió al papel estratégico que desempeña la internacionalización en la gestión del Gobierno de Canarias, además de confirmar que el balance de Tenerife Licita hace que el proyecto sea un referente en el ámbito nacional. 

“Nuestras empresas tienen el reto de mejorar su competitividad afrontando la necesidad de reforzar su dimensión”, aseguró el vicepresidente y consejero de Turismo, Acción Exterior y Relaciones Institucionales del Cabildo de Tenerife, Lope Afonso, y añadió que “la oportunidad de salir fuera tiene que abarcar todos los sectores de actividad, de forma que las compañías puedan participar allá donde haya oportunidades de negocio”

Además, Lope Afonso afirmó que, “a la vista de los resultados, Tenerife Licita,  va a seguir siendo un programa protagonista para las instituciones de la isla. “Tenerife licita ha permitido a nuestras empresas entrar en mercados hasta ahora reservados para otro tipo de organizaciones, pero también es importante para promocionar el talento de la Isla”, dijo y añadió que “el programa ha demostrado ser la mejor herramienta para que el el talento pueda llegar a esas cotas de competitividad reservada hasta ahora para unos pocos”.

Tras la intervención de los representantes públicos, comenzó un ciclo de ponencias. En primer lugar, intervino el representante del Banco Centroamericano de Integración Económica (BID) Alberto Cabezón que hizo hacer un mapa de las oportunidades de negocio que pueden tener las empresas canarias en los países de la zona, que se posicionan como la cuarta economía más fuerte de América latina. Aseguró que las empresas canarias pueden encontrar a través de esta organización oportunidades de negocio, además de facilitar el contacto con socios potenciales para tener un mayor acceso a los procesos de contratación de la región centroamericana. 

La segunda ponencia estuvo a cargo de Esther Rodríguez, del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), la mayor fuente de financiación multilateral para Latinoamérica y el Caribe, que también hizo hincapié en la importancia de encontrar socios locales para el desarrollo de los proyectos. 

En tercer lugar, intervino el CEO de  DLQ International Consulting, Rafael de la Cuadra, que disertó sobre la ONU como instrumento de negocio, ya que maneja fondos de los países miembros y de muchas agencias internacionales de desarrollo.

Hacer el mundo más canario

Tenerife Licita se enmarca en la estrategia que sigue la entidad cameral con sus programas de comercio exterior para brindarles a las empresas de la Isla la oportunidad de competir al más alto nivel en el ámbito internacional. 

El entorno cada vez más competitivo y la situación geopolítica en distintas regiones del planeta auguran la llegada de nuevos retos, que la iniciativa afrontará con el fin de que las empresas insulares tomen el papel de lideresas en este contexto cambiante.

Cada contrato internacional que se logra es un paso más hacia una Tenerife una Canarias más fuerte, conectada y próspera.

La Cámara y Cervecera de Canarias renuevan su apuesta por la excelencia hostelera

18/11/2024

16 de noviembre de 2024.- La  Compañía Cervecera de Canarias y la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Santa Cruz de Tenerife revalidaron un año más su apuesta por la profesionalización del sector de la hostelería con la renovación del Programa Superior en Gestión de Bares y Restaurantes, una iniciativa que cuenta con el patrocinio de la popular compañía de bebidas y la colaboración de Coca-Cola Europacific Partners, Ecoembes y  Atecresa.

El director de Operaciones y Asuntos Corporativos de la Compañía Cervecera de Canarias, Jorge Francisco Ortega, y el presidente de la institución cameral, Santiago Sesé, suscribieron un nuevo convenio de colaboración que permitirá la puesta en marcha de la 10ª edición de este programa formativo, encaminado a orientar hacia la excelencia a un sector clave para las islas.

Durante la firma del convenio, Jorge Francisco destacó “la solidez de esta iniciativa, haciendo la Compañía una gran apuesta por contribuir con esta formación a mejorar el servicio que se presta en el sector de la hostelería”. Por ello, incidió en la importancia de aportar nuevos conocimientos y actitudes con este programa específico para un sector tan importante y considerando el modelo de colaboración con la Cámara de Comercio como el camino a seguir para la capacitación y profesionalización del sector”.

Por su parte, el presidente de la Cámara de Comercio, Santiago Sesé, valoró la alianza con Compañía Cervecera de Canarias como “un acuerdo clave que nos permite dotar a nuestros profesionales de conocimientos de primer nivel, que además son impartidos por profesionales en activo que se enfrentan día tras día a la gestión de sus negocios y, por tanto, pueden aportarles grandes conocimientos a los alumnos”.

Asimismo, con esta iniciativa también fomentamos una mayor profesionalización del sector y una actualización y mejora de los conocimientos ya adquiridos, permitiendo a los participantes enfrentarse a los retos que cualquier negocio debe superar en materia, por ejemplo, de digitalización o sostenibilidad”.

Este programa especializado pone el acento en la formación de empresarios, trabajadores y emprendedores de la hostelería con el fin de promover el desarrollo de negocios sostenibles, competitivos y responsables, poniendo el foco en un concepto de negocio basado en la excelencia y en el que se incide en dar valor a la atención a los clientes mediante el desarrollo de actitudes como la flexibilidad, la cooperación, la pasión y la ilusión por dar el mejor servicio posible, lo que se traduce en una fidelización de clientes.

En esta 10ª edición, el programa formativo se estructurará en cuatro bloques de competencias, competencias de restaurante, bar, competencias técnicas y por último, competencias personales con un total de veintiséis módulos destinados al desarrollo de estas competencias personales y profesionales para afrontar el cambio en lo que a la atención de los clientes se refiere, así como adquirir formación sobre gestión para desarrollar una actividad profesional con posibilidades de éxito. A esto se suma, además, la formación técnica para poner en marcha actividades tanto por cuenta propia como por cuenta ajena.

En cada nueva edición se intenta dar respuesta a los nuevos retos que van emergiendo al sector, con la incorporación de nuevos módulos formativos, apostando en esta nueva edición con dos nuevos módulos, gestión en repostería y un módulo de gestión de recursos humanos con la IA.

Conscientes de la necesidad de dar solidez y fomentar la profesionalización del sector, la firma de este convenio supone el arranque de la acción didáctica, que se iniciará el próximo 8 de enero y finalizará en junio de 2025. Como novedad, esta edición se realizará en las instalaciones de la Cámara de Comercio, en Adeje. Las inscripciones ya están abiertas a través de la web www.camaratenerife.com.

La Cámara de Comercio contribuye a la creación de más de 22.000 nuevas empresas desde el año 2000

07/11/2024

  • Desde la apertura del Punto de Atención al Emprendimiento-Ventanilla Única Empresarial, la colaboración entre la entidad y las administraciones públicas en sus distintos ámbitos ha propiciado el lanzamiento de iniciativas emprendedoras en El Hierro, La Gomera, La Palma y Tenerife
  • Las islas no capitalinas de la provincia representan el 12 % de las nuevas empresas creadas de enero a septiembre de 2024
  • La directora general de la Cámara de Comercio de Santa Cruz de Tenerife, Lola Pérez, destaca que el perfil de persona emprendedora más destacado es el de “mujer entre 25 y 45 años, desempleada y con estudios universitarios”

6 de noviembre de 2024.-  La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Santa Cruz de Tenerife, en colaboración con las administraciones públicas en sus distintos ámbitos, ha contribuido al nacimiento de 22.192 nuevas empresas en la provincia desde su creación en el año 2000, una cifra que certifica que la apertura del Punto de Atención al Emprendimiento-Ventanilla Única Empresarial ha servido para propiciar el lanzamiento de iniciativas emprendedoras en El Hierro, La Gomera, La Palma y Tenerife. Las cifras se desprenden de la Comisión de Seguimiento del PAE-VUE, que se celebró este mediodía en la sede cameral.

El encuentro de trabajo contó con la participación del director general de Promoción y Diversificación Económica del Gobierno de Canarias, Manuel Alexis Oliva; la consejera delegada de Comercio y Apoyo a la Empresa del Cabildo de Tenerife, Krysten Martín; la concejala delegada de Empleo, Comercio y Turismo de Santa Cruz de Tenerife, Carmen Pérez, y de la directora general de la Cámara, Lola Pérez.

Lola Pérez apuntó que “el servicio ha creado, de enero a septiembre de 2024, 768 nuevas empresas, un 3,3% más respecto al mismo período del año anterior, con un perfil emprendedor personificado en mujeres de entre 25 y 45 años, desempleadas y con estudios universitarios”. “El 53% de las altas han sido formalizadas por mujeres, por lo que hemos conseguido el equilibrio entre ambos sexos en el lanzamiento de nuevas iniciativas empresariales”, subrayó.

“Pese a la suspensión de la tramitación del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (Circe), nuestro equipo ha seguido dando cobertura a emprendedores de la provincia que han querido iniciar su actividad económica por cuenta propia”, destacó Lola Pérez, quien también puso de relieve la capacidad del servicio para “formalizar altas empresariales de personas autónomas en media hora y de sociedades mercantiles en 48 horas”.

Señaló que el asesoramiento cualificado que brinda la Cámara “evita la pérdida de incentivos y beneficios, así como tramitaciones fuera de plazo que puedan comprometer la actividad empresarial, garantizando una atención personalizada y adaptada a las necesidades de los usuarios y usuarias”.

“La comisión también ha puesto de relieve el proceso de regularización de las cotizaciones a la seguridad social del año 2023 de personas autónomas y el calendario previsto”, indica. Lola Pérez indicó que el perfil de las empresas creadas atiende en un 60 % de los casos al de “empresario o empresaria individual enfocado a una actividad profesional”.

En concreto, el nacimiento de negocios en este nicho crece 2,9 puntos respecto a 2023, mientras que ‘Servicios a empresas’ (10,3 %), ‘Servicios personales’ (9,1 %), ‘Comercio al por mayor’ (1,6 %) e ‘Industria’ (1,6 %) siguen su estela con dinámicas de crecimiento más limitadas. “Se observa, a su vez, que Santa Cruz de Tenerife y La Laguna son las dos zonas con un mayor número de empresas creadas con un 28 y un 23 % del total, respectivamente”, explica.

“En el sur de Tenerife se registra un 25 % de las altas empresariales con un aumento de dos puntos en comparación a 2023, mientras que el norte acapara un 12 % de las nuevas altas”, matizó Lola Pérez. Lamentó, eso sí, que el ritmo de creación de empresas “no va en la misma intensidad que la actividad económica y el empleo, una realidad que se refleja en el saldo neto entre las altas y el cierre de empresas”.

El director general de Promoción y Diversificación Económica, Manuel Alexis Oliva, resaltó que “el papel de la tutorización es clave para que el tejido empresarial cuente con una orientación y pueda gestionar sus empresas con todas las garantías, reduciendo la mortandad de empresas en las islas”. “Hacemos un llamamiento a la administración central para que resuelva los problemas en la tramitación con la red Circe, de modo que las personas interesadas en poner en marcha sus iniciativas puedan contar con el servicio que se merecen”, insistió.

Por su parte, Krysten Martín reivindicó “la renovación del convenio conjunto sobre el PAE-VUE, una apuesta firme por promover la creación de las empresas físicas y el lanzamiento de ideas de negocio innovadoras”. “Desde el Área de Comercio y Apoyo a la Empresa del Cabildo de Tenerife seguimos apostando por este tipo de políticas”, dijo.

La concejala delegada de Empleo, Comercio y Turismo de Santa Cruz de Tenerife, Carmen Pérez, destacó que en el municipio se han producido 10.000 nuevos contratos, “gracias a la colaboración entre entidades, como es el caso de este convenio”.

Forma jurídica y factores demográficos

Las personas empresarias individuales que inician su andadura representan el 95,8 % del total, con un aumento de 3,8 puntos. Las sociedades limitadas y las civiles, por el contrario, acaparan el 3,3% y el 0,9%, respectivamente.

La clasificación por nivel de estudios arroja que la mayor cantidad de altas las realizan personas con formación universitaria (40,4%) y ‘Secundarios postobligatorios’ (38%), mientras que los ‘Secundarios obligatorios’ (14,8%), ‘Otros’ (4,9%) y ‘Sin estudios’ (1,8%) ocupan las últimas posiciones.

Los usuarios y usuarias entre 25 y 45 años son los que mayor predisposición muestran a la hora de crear una empresa, ya que representan el 58,4%, seguidos de los mayores de 45 años (33,4%) y de los menores de 25 años (8,2%).

Por otro lado, las personas en paro durante menos de un año son las que mayor cantidad de iniciativas crean, con un 56,9% del total, muy por encima de los ocupados (17,4%), los parados entre 1 y 2 años (12%) y los que llevan en búsqueda de empleo más de dos años (5,4%).

Empresas de las islas verdes

Las islas no capitalinas de la provincia representan el 12% de las nuevas empresas creadas de enero a septiembre de 2024, entre las que destaca La Gomera con un 42,5% de las altas empresariales en este grupo. Le siguen, con una cierta distancia, La Palma (33,8%) y El Hierro (23,8%).

Los servicios camerales en las islas verdes dan cuenta del espíritu emprendedor del tejido comercial y productivo, al que se le ofrece la posibilidad de formalizar la creación de sus empresas en las oficinas y delegaciones insulares de la mano de personal técnico especializado en la materia.

La senda del emprendimiento

La Cámara de Comercio acompaña a las personas emprendedoras en su camino hacia la actividad empresarial con completo circuito de servicios complementarios. La entidad ofrece, en toda la provincia, un asesoramiento previo, una orientación y el diseño de un plan de viabilidad del negocio.

El siguiente paso radica en la creación de la empresa a través del PAE-VUE, que brinda la oportunidad de emprender en 60 minutos. Tras formalizar el alta, la Cámara propone a las personas empresarias una tutorización para la consolidación de sus iniciativas.

Las personas interesadas en formalizar su alta pueden contactar al 922 100 410 o al correo pae.vue@camaratenerife.es.

La incertidumbre normativa y el absentismo, los mayores desafíos del mercado laboral canario, según la Cámara

25/10/2024

  • Los datos de la EPA conocidos este viernes confirman las previsiones que apuntaban a una estabilización de la situación laboral en las Islas
  • Santiago Sesé aboga por una política de empleo que dé respuesta a todos estos retos

25 de octubre de 2024.-  El presidente de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Santa Cruz de Tenerife, Santiago Sesé, aseguró hoy que la incertidumbre normativa respecto a la regulación laboral y los altos niveles de absentismo laboral son algunos de los condicionantes que están afectando al dinamismo del mercado laboral canario, tanto desde el punto de vista cualitativo como cuantitativo.

El presidente hizo estas declaraciones tras hacerse públicos este viernes los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) correspondientes al tercer trimestre del año, según la cual y al contrario de lo que sucede a nivel nacional, Canarias ha experimentado entre julio y septiembre una caída de 7.800 personas ocupadas respecto al trimestre anterior. Además, ha aumentado el desempleo en 6.100 personas. Según el análisis realizado por el Servicio de Estudios de la Cámara de Comercio, estos datos se producen, principalmente, por la aportación del sector servicios, al ser el más intensivo en cuanto a mano de obra, y que fue el que experimentó un cierta caída en la ocupación y subida en las personas paradas.

Al detallar las razones a las que aludió Santiago Sesé, explica que la incertidumbre normativa en la regulación laboral genera una atmósfera de inseguridad en el entorno empresarial. A esto se suma los altos niveles de absentismo, que incluyen tanto las ausencias laborales injustificadas como las bajas por incapacidad temporal (IT). Además, el déficit de formación de los trabajadores y las trabajadoras, sumado a la necesidad de alinear en mayor medida la oferta y la demanda, es otra de las razones que justifican los datos de ocupación y desempleo en este periodo.

“Todos estos condicionantes están repercutiendo en los costes empresariales y en la capacidad que tienen nuestras organizaciones para la prestación de servicios”, alertó Sesé, quién aseveró que esta es la razón por la que “debe haber una política laboral en el Archipiélago que dé respuesta a todos estos desafíos y que se adapte con mayor rapidez a los cambios que se producen en el mercado de trabajo”. “Esta sería la estrategia que permitiría a nuestras empresas poder mantener su actividad, sus niveles de competitividad y mejorar la productividad”, confirmó.

Asimismo, el presidente aseveró que los resultados de la EPA ratifican algo que ya se anticipaba desde la Cámara de Comercio, al decir que el mercado de trabajo iba a empezar a estabilizar sus cifras, tras el crecimiento histórico en el número de personas ocupadas.

Los datos

Según los datos publicados hoy, el número de personas en desempleo en Canarias aumenta hasta las 167.800 personas, de los que el 45,8% son hombres y el 54,2% mujeres. Esta cifra supone un incremento de 6.100 personas (3,8%) sobre el trimestre anterior y de 4.300 menos (-2,5%) respecto al año pasado.

En el conjunto nacional se produce un descenso trimestral de 1.200 parados, colocando la cifra de desempleados en 2.754.100, lo que supone 140.400 menos que los declarados en el tercer trimestre de 2023 (-4,9%).

La tasa de paro canaria sube 0,54 puntos y se coloca en el 14,40% de la población activa, mientras que la nacional cae en el trimestre tan solo 0,06 puntos hasta el11,21%.

Respecto a la ocupación, baja el empleo en el trimestre en 7.800 trabajadores (-0,8%), instalando la cifra total en 997.400 ocupados, 25.600 trabajadores más que hace un año (2,6%). Porprovincias, el empleo aumenta durante el trimestre un 0,4% en Santa Cruz de Tenerife y disminuye un 1,8% en Las Palmas.

Por sectores, el sector servicios aglutina el 86% de las personas ocupadas (854.900), seguido por la construcción con un 7% y 74.000 personas ocupadas, la industria con un 5% y 45.100 personas ocupadas y la agricultura con 23.300 personas y un 2%.

Todos los sectores experimentan un descenso en el número de ocupados respecto al mismo trimestre de 2023, excepto la construcción, que se mantiene estable. La industria lo hace en un 11,7%, los servicios en un 0,1%y la agricultura en un 4,5%.

En referencia al desempleo, la EPA confirma que el 55% corresponde con personas que buscan su primer empleo o que llevan más de un año en paro (92.800). 65.400 (39%) desempeñan su actividad en el sector servicios; 6.000 (4%) en la construcción y 3.100 (2%) en la agricultura. Todos los sectores excepto industria y construcción experimentan un incremento del desempleo respecto a las cifras de hace un año.

 

Empresas colaboradoras

  • Grupo Disa

  • Cajasiete

  • Mapfre

  • Ecoembes

  • Asociación Española Contra el Cáncer

  • Caixabank

  • Montesano

  • Compañía Cervecera de Canarias

  • Fundación Cajamar Canarias