En relación a las empresas de reducida dimensión, el Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre de actuaciones en el ámbito fiscal,laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo, modifica por un lado el importe neto de la cifra de negocios que pasa de 8 millones de euros a 10 millones de euros, y por otro modifica los tramos, quedando de la siguiente forma:

  • Por la base imponible comprendida entre 0 y 300.000 euros, al tipo 25 por ciento.
  • Por la parte de la base imponible restante, al tipo del 30 por ciento.

Asimismo, en los periodos impositivos iniciados dentro de los años 2009, 2010 y 2011( art. 1. Cinco del Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre de actuaciones en el ámbto fiscal,laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo) y prorrogado para el año 2012 y 2013 ( , las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios habida en dichos periodos sea inferior a 5 millones de euros, su plantilla media en los mismos sea inferior a 25 empleados y mantengan o creen empleotributarán con arreglo a la siguiente escala, excepto si de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, deban tributar a un tipo diferente del general:

  • Por la base imponible comprendida entre 0 y 120.202,41 euros, al tipo 20 por ciento. En los periodos impositivos iniciados dentro del año 2011, 2012 y 2013, este tipo se aplicará sobre la parte de la base imponible comprendida entre 0 y 300.000 euros.
  • Por la parte de la base imponible restante, al tipo del 25 por ciento.

Por otro lado, con la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 4/2013, las sociedades constituidas a partir del 01 de enero de 2013 que realicen actividad económica y reúnan determinados requisitos, tributarán en el primer año que resulte base imponible positiva y en el año siguiente, con arreglo a la siguiente escala:

  • Por la base imponible comprendida entre 0 y 300.000 euros, al tipo 15 por ciento.
  • Por la parte de la base imponible restante, al tipo del 20 por ciento.