El empresario individual o socios de comunidad de bienes se encuentran sujetos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Dicho impuesto clasifica las rentas del contribuyente en renta general y renta de ahorro. La renta general (rendimientos de trabajo, rendimientos de capital inmobiliario, algunos rendimientos de capital mobiliario, rendimientos de actividades económicas, entre otras) tributarán  a una escala de gravamen progresiva, estableciéndose en los periodos 2012 y 2013 los tipos marginales mínimo y máximo en 24,75% y 52%. En cambio la renta de ahorro (dividendos en general, rendimientos por la cesión a terceros de capitales no vinculados, etc.) lo harán a partir del año 2012, según la siguiente escala:

  • Hasta 6.000 euros al 21%
  • Entre 6.001 euros y 24.000 euros al 24%
  • A partir de 24.001 euros al 27%.