Transporte de alimentos y funerarios, "Autorización sanitaria de vehículos"
Autorización sanitaria de vehículos para el transporte de alimentos y funerarios.
Legislación
- Reglamentaciones Técnico Sanitarias específicas y relativas al producto transportado
- Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo, por el que se derogan total o parcialmente determinadas reglamentaciones técnico-sanitarias y normas de calidad referidas a productos alimenticios
- Real Decreto 237/2000, de 18 de febrero, (BOE de 16 de Marzo de 2000) por el que se establecen las especificaciones técnicas que deben cumplir los vehículos especiales para el transporte terrestre de productos alimentarios a temperatura regulada y los procedimientos para el control de conformidad con las especificaciones.
- Real Decreto 640/2006, de 26 de mayo, por el que se regulan determinadas condiciones de aplicación de las disposiciones comunitarias en materia de higiene, de la producción y comercialización de los productos alimenticios.
Definición
Otorgar la autorización sanitaria de vehículos para el transporte funeraria o de alimentos, se trata de una autorización por vehículo, otorgada una vez inspeccionadas éstos por el personal de la sección. Obtenida la autorización se deberá acudir al Servicio de Transporte del Cabildo Insular para obtener la correspondiente tarjeta de transporte.
Requisitos para el inicio del procedimiento:
Tener licencia fiscal de comercialización de alimentos
Disponer de un vehículo que cumpla las condiciones sanitarias requeridas.
Lugar de presentación de las solicitudes:
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 164/1994, de 29 de Julio ( BOC nº 102, de 19.08.1994 ) , se pueden presentar las solicitudes en :
- Registros de la Consejería de Sanidad y Consumo.
- En los registros de cualquier órgano de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias o de la Administración del Estado.
- En los registros de los Cabildos insulares.
- En los registros del resto de las entidades que integran la Administración local, si se establecen los oportunos convenios.
- En las oficinas de correos.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Lugar de realización del trámite:
Tenerife- Consejería de Sanidad. Dirección General de Salud Pública Dpto. de Seguridad Alimentaria Rambla General Franco, 53 38006 S/C de Tenerife Tfno: 922 474309 // 922 474202 Fax: 922 474298 www.gobiernodecanarias.org/sanidad |