Los centros de enseñanzas náuticas están facultados únicamente para impartir de forma profesional las enseñanzas necesarias para la formación y adiestramiento de los aspirantes a la obtención de alguna de las titulaciones que habilitan para el manejo de las embarcaciones de recreo, sin perjuicio de que puedan desarrollar otras actividades que se encuentren relacionadas con las anteriores, tales como el perfeccionamiento de quienes ya estén en posesión de una titulación náutica de recreo

LEGISLACIÓN APLICABLE:

AUTORIZACIONES / TRÁMITES:

Lugar de tramitación:

Tenerife – Viceconsejería de Pesca y Aguas

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