CÓMO Y CUÁNDO SE VOTA 

Nota: No procede celebrar la votación presencial prevista el día 1 de junio de 2022, por ser igual el número de vacantes a elegir con el número de candidatos electos, de acuerdo a lo dispuesto en la disposición Transitoria Tercera de la Ley 10/2019.

Los electores y electoras de la Cámara podrán ejercer su derecho al voto en la siguientes modalidades

Voto presencial  

La elección de las vocalías elegidas mediante sufragio libre, igual, directo y secreto tendrá lugar el día 1 de junio de 2022 en horario ininterrumpido de 10:00 a 19:00 horas en los siguientes colegios electorales:

Colegios electorales

Colegio Electoral nº. Cuatro-Tenerife 
Plaza de la Candelaria, 6 
38003 Santa Cruz de Tenerife

Colegio Electoral nº Cinco-La Palma 
Avenida El Puente, 33, Edif. Cabezuela, bajo 
Santa Cruz de la Palma

Colegio Electoral nº Seis-El Hierro 
Calle San Francisco, 7, Edif. San Francisco, Pl. Baja, Of. 3 
Valverde

Colegio Electoral nº. Siete-La Gomera 
Calle República de Chile, 6 
San Sebastián de la Gomera

Solicitud del voto delegado 

Al objeto de fomentar la participación del sector en las elecciones para la renovación de los miembros de los Plenos de las cámaras, se permitirá igualmente el voto delegado de los electores. 

A tal fin, el elector delegante, o su representante en el caso de que sea persona jurídica, deberá apoderar a otro elector, o a su representante si se trata de una persona jurídica, para que deposite su voto en el acto de la votación. 

Dicho poder se ajustará al modelo normalizado , y se efectuará mediante comparecencia física del delegante y delegado ante cualquier personal funcionario responsable del órgano competente en materia de comercio de la Comunidad Autónoma de Canarias, ante la Secretaría General de la Cámara o mediante documento público.

En todo caso, el ejercicio de voto por delegación estará limitado a un número no superior a diez apoderamientos por representante, incluido el del representante de la empresa en quien se haya delegado. No podrá delegarse el voto por correo

En caso de que se tratara de un grupo de empresas, un mismo documento de apoderamiento podrá incluir todas las empresas que lo conforman y para cuáles se autoriza también el derecho a voto. 

Modelo Solicitud de voto delegado

Solicitud de voto por correo postal 

Los electores podrán emitir su voto por correo postal, previa solicitud personal a la cámara, con sujeción al siguiente procedimiento: 

La solicitud, en modelo autorizado por el órgano tutelante y facilitado por la cámara respectiva en modelo normalizado, ha de hacerse por escrito dentro de los siete días hábiles siguientes al de la publicación de la convocatoria de elecciones, y se presentará en la Secretaría General de la cámara o se remitirá por correo certificado y urgente. La solicitud también podrá presentarse a través de su remisión al correo electrónico habilitado para ello por cada una de las Cámaras que deberá estar indicado en el apartado de la web corporativa dedicado a las elecciones, siendo requisito indispensable que la solicitud se presente con firma digital.

No se admitirán los votos por correo recibidos en la junta electoral tras el referido término.

El elector que, habiendo obtenido certificado y documentación de voto por correo, desee votar personalmente podrá hacerlo entregando a la mesa electoral la certificación acreditativa de la inscripción en el censo. De no hacerlo así, no le será recibido el voto 

Solicitud presencial, mediante correo certificado urgente o correo electrónico

Secretaria General
Plaza de la Candelaria nº6- 5ª planta 
38003 - Santa Cruz de Tenerife 
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Horario de presentación
de lunes a viernes de 9:00 a 14:00hPlazo: entre el 19 de abril y el 27 de abril de 2022

Modelo Solicitud de voto por correo postal

PLAZO SOLICITUD VOTO POR CORREO FINALIZADO