APORTACIÓN VOLUNTARIA

PLAZO PRESENTACIÓN CANDIDATURAS FINALIZADO

A fin de poder cubrir las vocalías de aportaciones voluntarias, la Dirección General de Comercio y Consumo ha resuelto autorizar un plazo para la realización de aportaciones a los citados efectos para formar parte del Pleno de la Cámara, dentro del proceso electoral cuyo tenor literal es el siguiente:

El importe mínimo se fija en 3.000,00 euros anuales, que deberá mantenerse mientras dure el mandato. A dichos efectos se computarán las aportaciones voluntarias realizadas desde la fecha del último Pleno constituyente hasta el día anterior al inicio del plazo de presentación de candidaturas.

Como garantía de la transparencia que debe existir en todo proceso electoral, cada Cámara informará, en el apartado de las elecciones de su página web, de las empresas que han realizado aportaciones voluntarias a la misma en el periodo indicado y de su importe, respetando siempre lo establecido en la normativa de protección de datos de carácter personal. Dicha información deberá actualizarse diariamente a las 15:00 horas.

Solo se admitirán las aportaciones dinerarias, que se valorarán por el importe efectivamente ingresado en la cuenta Cuanta de la entidad financiera CaixaBank ES08 2100 9169 0422 0002 5684 de titularidad de la Cámara. No se computarán como aportación voluntaria las cantidades, periódicas o no, que puedan satisfacer las empresas como contraprestación de los servicios que preste la cámara.

Importe mínimo de la aportación voluntaria

Según los establecido en la Orden de Convocatoria de elecciones el importe mínimo será de 3.000€ anuales, durante todo el mandato.

Publicación de relación de empresas de aportación voluntaria