PAGOS FRACCIONADOS

SUJETOS PASIVOS DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES


Procedimientos Cálculos Pago Fraccionado

 

Modalidad General (LIS art. 40.2): Porcentaje sobre la Cuota Íntegra del período anterior

Modalidad según LIS art. 40.3: Sobre la Base Imponible del periodo

Ámbito de aplicación

Es de aplicación a todas las sociedades, salvo que concurra alguna de estas circunstancias:

- Renuncie voluntariamente a esta modalidad
- Tenga la consideración de gran empresa, es decir, el volumen de operaciones del ejercicio anterior supere los 6.010.121,04 €.

Se aplicará a las sociedades en las que concurra alguna de estas circunstancias:

- Cuando el volumen de operaciones del ejercicio anterior supere los 6.010.121,04 €.
- Renuncie a la Modalidad General (1)

Obligaciones contables y registrales

- Libro Diario
- Libro Registro de socios (Sociedades Limitadas)
- Libro de Inventarios
- Libro Registro de contratos para las sociedades unipersonales
- Cuentas Anuales
- Libro de Actas
- Libro Registro de acciones nominativas (Sociedades Anónimas)

Esquema Pago Fraccionado

Base Pago Fraccionado = Cuota Íntegra – Deducciones – Bonificaciones - Retenciones e ingresos a cuenta (datos del último ejercicio cerrado)

Pago Fraccionado periodo = 18% Base Pago Fraccionado

Pago fraccionado período = Parte de la Base Imponible de 3, 9 u 11 primeros meses X 5/7 sobre el tipo de gravamen (-) Retenciones e ingresos a cuenta de 3, 9 u 11 primeros meses (-) Pagos fraccionados efectuados

Mod. Pago Fraccionado

Mod. 202

Mod. Declaración anual

Mod. 200

(1) Deberá comunicarlo a través de la correspondiente declaración censal (Mod. 036) dentro del mes de febrero del año natural en que deba surtir efecto salvo que se trate de sociedad de nueva creación que podrá comunicarlo en el momento que presenta su declaración censal de inicio.