Nueva Autorización para nuevos transportistas de Servicio Público de Mercancías para vehículos ligeros (MDL). Ámbito autonómico.

Definición de vehículo ligero: aquél cuya masa máxima autorizada no exceda de seis toneladas métricas o que, sobrepasando dicho peso, tengan una capacidad de carga útil no superior a tres toneladas métricas y media.
Están exentos de esta autorización los vehículos cuya masa máxima autorizada no sea superior a dos toneladas.

LEGISLACIÓN APLICABLE:

Requisitos destacables de los solicitantes:


.- en el momento de solicitar la autorización, los solicitantes deberán acreditar la disponibilidad de una flota mínima de tres vehículos, con una antigüedad de dos años desde la fecha de la primera matriculación, o haber adquirido por transmisión la totalidad de las autorizaciones de servicio público de mercancías de un transportista con autorización en vigor.

El número mínimo de vehículos debe mantenerse durante toda la vigencia de la autorización.

.- ser persona física o jurídica, no pudiendo otorgarse autorización a comunidades de bienes.
.- título de capacitación profesional para el transporte de mercancías.
.- capacidad económica (disponer de un capital desembolsado y de reservas de, al menos, 9.000€ por el primer vehículo, a los que se añadirán 5.000€ por cada uno de los adicionales)

AUTORIZACIONES/TRÁMITES  Más información

LUGAR DE PRESENTACIÓN:

Tenerife


Cabildo de Tenerife
Oficina de Registro y Servicios al Ciudadano
Plaza de España, s/n
38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 901 501 901
http://tenerife.es