Definición de productor de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE): cualquier persona física o jurídica que, con independencia de la técnica de venta utilizada en el sentido de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista en materia de contratos a distancia:

1.º esté establecida en España y fabrique AEE bajo su propio nombre o su propia marca, o los diseñe o fabrique y comercialice bajo su nombre o marca en el territorio español; o

2.º esté establecida en España y revenda bajo su propio nombre o su propia marca AEE fabricados por terceros, sin que pueda considerarse «productor» al vendedor si la marca del productor figura en el aparato, conforme al inciso 1.º; o

3.º esté establecida en España y se dedique profesionalmente a la introducción en el mercado español de AEE procedentes de terceros países o de otro Estado miembro; o

4.º venda AEE por medios de comunicación a distancia directamente a hogares particulares o a usuarios profesionales en España, y esté establecida en otro Estado miembro o en un tercer país.

LEGISLACIÓN APLICABLE:

AUTORIZACIONES/TRÁMITES: Más información

Si el productor opta por un sistema individual, será el mismo el que deba gestionar la inscripción.

Si el productor opta por adherirse a un SIG, podrá ser el propio SIG el que lleve a cabo esta gestión.

  • Declaración de la condición de productor de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) ante la Dirección General de Calidad Ambiental del Gobierno de Canarias.

LUGAR DE PRESENTACIÓN:

Viceconsejería de Medio Ambiente (Registro):

http://www.gobcan.es/oficinasderegistro/getoficina.jsp?id=24855

Tenerife

Avda. Buenos Aires, nº 5

Edif. Tres de Mayo, 1ª planta

38071 Santa Cruz de Tenerife

Tlfno: 922 47 50 95 / 922 92 23 33

Fax: 922 47 55 35

Horario: - Lunes a viernes: de 9 a 14 horas - Julio, agosto y septiembre: de 9 a 13 horas - Cerrado: festivos, sábados, 24
y 31 de diciembre.