Ayudas directas del Gobierno de Canarias a las empresas de los sectores más afectados por la crisis derivada de la COVID-19
Ayudas directas del Gobierno de Canarias a las empresas de los sectores más afectados por la crisis derivada de la COVID-19
Documento para la justificación de la subvención
Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Canarias son las entidades colaboradoras del GOBIERNO DE CANARIAS para informar y ayudar a las empresas con la tramitación de estas subvenciones.
El Decreto ley 2/2021, de 1 de marzo, regula la concesión directa de estas ayudas dirigidas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas de los sectores más afectados por la crisis derivada de la COVID-19.
Beneficiarias/os:
Empresarios/as individuales y pequeñas y medianas empresas que desarrollen su actividad en Canarias con anterioridad al 01 de enero de 2020, cuyo volumen de facturación haya caído un 30% o más en el segundo semestre de 2020 respecto al mismo periodo de 2019 y siempre que la actividad principal figure recogida en el Anexo 3 de la Convocatoria de subvención
El plazo para presentar solicitudes es de 20 días hábiles, del 10 de marzo al 8 de abril. Se amplía el plazo hasta el 22 de abril.
Normativa de la ayuda
Plazo de Presentación: Cerrado
Le recomendamos que esté pendiente al Tablón de Anuncios en el que podrá visualizar si su solicitud ha sido concedida ( aún se están resolviendo expedientes ) o ha pasado a requerimiento.
Publicidad de las ayudas:
Las empresas beneficiarias deberán informar del apoyo obtenido de los Fondos:
- Haciendo una breve descripción de la operación en su sitio de Internet, destacando el apoyo financiero de la Unión.
- Colocando al menos un cartel (mínimo tamaño A3) con información sobre la subvención concedida en un lugar bien visible para el público.
Cartel publicitario beneficiarios línea 1 Cartel publicitario beneficiarios línea 2
Tablón de anuncios
Línea 1: Personas trabajadoras autónomas sin asalariados
Concedidas:
Remesa 1 Remesa 2 Remesa 3 Remesa 4
Requerimientos:
Requerimiento 1 El plazo para responder este requerimiento expira el 4 de junio de 2021, a las 23:59 horas. Se amplía el plazo hasta el 11 de junio de 2021 a las 23:59 horas. (más información)
Requerimiento 2 El plazo para responder este requerimiento expira el 23 de junio de 2021, a las 23:59 horas.
Requerimiento 3
Desistidos y desestimados:
Revocación de la remesa final:
Corrección Errores subvenciones:
Línea 2: Pymes y personas trabajadoras autónomas con asalariados
Concedidas:
Remesa 1 Remesa 2 Remesa 3 Remesa 4 Remesa 5
Requerimientos:
Requerimiento 1 El plazo para responder este requerimiento expira el 25 de mayo de 2021, a las 23:59 horas.Se amplía el plazo hasta el 01 de junio de 2021 a las 23:59 horas. (más información).
Resolución de expedientes del requerimiento 1
Requerimiento 2 El plazo para responder este requerimiento expira el 08 de junio de 2021, a las 23:59 horas.
Requerimiento 3 El plazo para responder este requerimiento expira el 11 de junio de 2021, a las 23:59 horas.
Desistidos y desestimados:
Teléfonos de información
El servicio de información telefónica 900 909 519
Horario de atención:
Lunes: 8:00 a 17:00 horas
Martes a Jueves: 8:00 a 16:00 horas
Viernes: 8:00 a 15:00 horas