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Una de las cuestiones principales que este fenómeno está poniendo de manifiesto es la necesidad de asegurar que las empresas están preparadas para actuar en un entorno digital. Por ello, es esencial hacer un esfuerzo decidido por la preparación y dotación de las pymes al desarrollo digital. Especialmente relevante en este contexto es la dotación de soluciones de teletrabajo y la compra y leasing de equipamiento y servicios para la digitalización.

Para ello se disponen diversas medidas de apoyo a las pymes desde el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital con el Programa Acelera Pyme. A continuación se presenta los links a las plataformas de información de apoyo a la incorporación de las tecnonogias a las pymes.

Programa Acelera Pyme:

https://acelerapyme.gob.es/

Información para la financiación de la incorporación de Tecnología en la Pyme:

https://www.ico.es/web/ico/ico-empresas-y-emprendedores

Plataforma de formación digital de profesionales:

http://www.crearfuturo.es/

 

Ayuda en ciberseguridad del Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE)

   

Si desea ampliar la información y saber si puede cobrar esta ayuda, qué requisitos debe cumplir, que cuantía tiene la prestación y dónde debe solicitarla, cumplimente el cumplimente el formulario de consulta.

Acceder al formulario 

Teléfono de información oficial del Cabildo de Tenerife para Autónomos y Micropymes. ver aquí.

 Si desea trasladar cualquier consulta sobre esta materia, cumplimente el formulario de consulta.

Acceder al formulario 

La declaración del estado de alarma apenas afecta al tráfico internacional de mercancía.

 

Exportaciones

  1. Restricciones en las exportaciones. Ver documento
  2. Certificados preferenciales. Ver documento

Importaciones

  1. Control en frontera de material sanitario. Ver documento 
  2. Franquicia en el material de lucha contra el COVID-19. Ver documento
  3. Aplazamiento de deudas aduaneras. Ver documento
  4. Importaciones de material de lucha contra el COVID-19 que se vayan a donar. Ver documento
  5. No ampliación de tiempo ADT. Ver documento
  6. Tributación de las importaciones de material necesario para combatir el COVID-19 Ver documento
  7. Control en frontera de equipos de protección individual (EPIs), mascarillas y otro material sanitario Ver documento

 

Emisión de documentación internacional

  1. Servicios esenciales en la prestación de documentación internacional. Ir al formulario
  2. Aduanas en el Estado de Alarma. Ver documento
  3. Emisión de Certificación de Inactividad debido al COVID-19 Ver documento

 

Nota: Esta información ha sido recabada con información facilitada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, TARIC, la Dependencia Provincial de Aduanas e Impuestos Especiales y la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos del Gobierno de Canarias, a quienes desde la Cámara de Comercio agradecemos el tiempo que nos han dedicado a resolver las dudas del empresariado de la provincia de Santa Cruz de Tenerife.

 

 

 

CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS DE LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

Última actualización 31 de octubre de 2023

I. INTRODUCCIÓN

LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE SANTA CRUZ DE TENERIFE (en adelante, la “CÁMARA DE COMERCIO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE” o “LA CÁMARA”), mantiene un fuerte compromiso con valores como la ética, la profesionalidad, la integridad, la lealtad, la transparencia, el respeto, el esfuerzo, el trabajo en equipo y la responsabilidad, pretendiendo que su actividad responda a buenas prácticas empresariales, conforme a los principios éticos de la responsabilidad social.

Por ello, el presente Código de Conducta y Buenas Prácticas (en adelante, el “Código”) debe servir de guía para la actuación de todos los profesionales vinculados a LA CÁMARA de Comercio de Santa Cruz de Tenerife en su desempeño profesional.

Artículo 1. Objeto.

1. El presente Código de Buenas Prácticas tiene por objeto establecer las normas de conducta y obligaciones que deben respetar los miembros de los órganos de Gobierno de LA CÁMARA, empleados y, en general, toda la organización, con el fin de garantizar el buen funcionamiento de la Corporación, la imparcialidad y transparencia en el desarrollo de sus funciones público-administrativas, y ofrecer una mejor representación, promoción y defensa de los intereses generales de todos los sectores económicos de su demarcación.

2. El Código responde, asimismo, a las nuevas necesidades de prevención penal, establecidas en el ámbito de la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Por ello, este Código recoge también el compromiso de LA CÁMARA con los principios de diligencia debida para la prevención y detección de ilícitos penales en todos los ámbitos de actuación.

3. LA CÁMARA actuará con sujeción a la Ley, a su Reglamento de Régimen Interior y demás normativa interna, incluyendo el presente Código, y a las obligaciones y compromisos asumidos en sus relaciones con terceros. En el ámbito de su actuación como Organismo Intermedio en los programas operativos cofinanciados con fondos europeos, LA CÁMARA de Comercio de Santa Cruz de Tenerife actuará, asimismo, con sujeción al Código Ético y de Conducta aplicable de ese organismo

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Este Código se aplicará a los órganos de gobierno, equipo directivo y empleados de LA CÁMARA.

1. El presente Código se aplica a:

(i) las personas físicas representantes de las personas jurídicas miembros de los órganos gobierno de LA CÁMARA DE COMERCIO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, a saber: el Pleno, el Comité Ejecutivo y el Presidente. A estos efectos, se entiende que el Código será aplicable a los representantes titulares de las empresas electas.

(ii) A la Dirección General y Secretaría General

(iii) El personal de LA CÁMARA DE COMERCIO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, cualquiera que sea el régimen jurídico que regule su vinculación con LA CÁMARA, y con independencia de su grupo profesional y su ubicación geográfica o funcional.

En adelante, a no ser que se indique lo contrario, el presente Código se refiere a este conjunto de personas como “Personal de LA CÁMARA”.

2. Todo el Personal de LA CÁMARA tiene el deber de conocer y cumplir el Código, contribuyendo activamente a su aplicación, y de notificar posibles consultas y carencias al Órgano de Cumplimiento, así como actos contrarios a la legalidad o al propio Código de los que tenga conocimiento como consecuencia de su condición de Personal de LA CÁMARA.

3. LA CÁMARA promoverá, asimismo, entre sus proveedores y terceros que le presten servicios la adopción de los principios contemplados en el presente Código, o las normas en las que éste se fundamenta.

Artículo 3. Interpretación del Código.

1. Se crea el Órgano de Cumplimiento, como órgano interno al que le corresponde la interpretación del Código. Sus criterios interpretativos son vinculantes para todo el Personal de LA CÁMARA. Las funciones y competencias del Órgano de Cumplimiento se encuentran reguladas en su Reglamento de Funcionamiento y mencionadas, en relación a este Código, el título VI del mismo.

2. Los principios y pautas de conducta recogidos en este Código no pretenden recoger la totalidad de las situaciones o circunstancias con las que el Personal de LA CÁMARA se puede encontrar, sino establecer los principios generales de conducta que han de regir en su forma de actuar durante el cumplimiento de su actividad.

3. Cualquier duda que pueda surgir a un miembro del Personal de LA CÁMARA sobre la interpretación de este Código podrá ser consultada directamente al Órgano de Cumplimiento.

II NORMAS GENERALES DE CONDUCTA PROFESIONAL

Artículo 4. Cumplimiento de la legalidad.

1. LA CÁMARA ejercerá las funciones de carácter público-administrativo que le atribuye la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, y la Ley 10/2019, de 25 de abril, por la que se regula LA CÁMARA Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Canarias.

2. LA CÁMARA será responsable de dar conocer las leyes, reglamentos y normas relevantes para el ejercicio de su función y responsabilidades de los trabajadores de LA CÁMARA, sin menoscabo de que todos los miembros del Personal de LA CÁMARA son responsables de conocer estas normas.

3. El Personal de LA CÁMARA deberá cumplir estrictamente la legalidad vigente, atendiendo al espíritu y finalidad de las normas, y observará las disposiciones del presente Código y los protocolos que regulen la actividad de LA CÁMARA.

4. Asimismo, en el ejercicio de sus funciones y responsabilidades, el Personal de LA CÁMARA ha de respetar íntegramente las obligaciones y compromisos asumidos por LA CÁMARA en sus relaciones contractuales con terceros.

5. Es obligación del Personal de LA CÁMARA informar al Órgano de Cumplimiento acerca de la incoación, evolución y resultado de todo procedimiento judicial, penal o administrativo, de carácter sancionador, en el que sea parte investigada, imputada, inculpada o acusada y que pueda tener incidencia en su relación con LA CÁMARA o perjudicar a la imagen o los intereses de LA CÁMARA.

Artículo 5. Principios Éticos.

1. El compromiso con el cumplimiento de la legalidad que define el presente Código incluye los principios éticos de LA CÁMARA que deben integrarse en la práctica, hábitos y comportamientos de los miembros del Personal de LA CÁMARA para la consecución de sus objetivos estratégicos, consistentes en:

(i) la defensa institucional, entendiéndose como representación, Promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria, los servicios y la navegación,

(ii) la formación y el empleo para mejorar la empleabilidad de las personas ocupadas y desempleadas, favorecer el acceso al mercado de trabajo de los colectivos más vulnerables y mejorar la competitividad y la productividad de las empresas de la provincia

(iii) el desarrollo empresarial, asesorando en la creación de empresas, además de facilitar los trámites de alta de nuevas actividades y la consolidación de proyectos empresariales.

(iv) la competitividad, a través de la innovación, la digitalización y la atracción de inversiones que permitan diversificar nuestra economía

(v) la internacionalización con la puesta en marcha de programas para incentivar la expansión y la internacionalización de las empresas

(vi) la cooperación empresarial para la reflexión estratégica y la defensa sectorial.

2. LA CÁMARA DE COMERCIO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE tiene asumidos los siguientes principios éticos y compromisos de conducta:

(i) Cumplimiento riguroso de la legislación aplicable.

(ii) Uso adecuado de los recursos públicos.

(iii) Salvaguarda de la reputación del sistema cameral.

(iv) Integridad, profesionalidad y honradez en la gestión.

(v) Confidencialidad, transparencia y buen uso de la información.

(vi) Promoverá la igualdad mediante Trato imparcial y no discriminatorio.

(vii) Compromiso con las políticas medioambientales, sociales y de gobernanza.

Artículo 6. Desempeño de una conducta íntegra, profesional y con vocación de servicio

El Personal de LA CÁMARA actuará de acuerdo con los principios de integridad, profesionalidad y vocación de servicio:

(i) La integridad es la actuación leal, honrada, de buena fe, objetiva y alineada con los intereses de LA CÁMARA, sin buscar ningún beneficio propio o de terceros por medio de un uso indebido de la posición dentro de la institución.

(ii) La profesionalidad es la actuación diligente, responsable, eficiente, haciendo un uso adecuado de los recursos y los medios a su disposición.

(iii) La vocación de servicio es la observancia continua de una conducta de colaboración permanente hacia el resto de los colaboradores de la organización, así como hacia su entorno.

III. EL PERSONAL DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

Artículo 7. Respeto a las personas.

1. LA CÁMARA defiende y promueve el cumplimiento de los derechos humanos y laborales y se compromete a la aplicación de la normativa y buenas prácticas en materia de condiciones de empleo, salud y seguridad en el puesto de trabajo.

Por ello, LA CÁMARA respeta los principios de la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y las declaraciones de la Organización Internacional del Trabajo, y está comprometida con la no discriminación por razón de raza, color, nacionalidad, origen social, edad, sexo, estado civil, discapacidad, orientación sexual, ideología, opiniones políticas, religión o cualquier otra condición personal, física o social de sus empleados, así como la igualdad de oportunidades entre ellos.

2. LA CÁMARA prohíbe y rechaza cualquier manifestación de discriminación, violencia, de acoso físico, sexual, psicológico, moral u otros, de abuso de autoridad en el trabajo y cualesquiera otras conductas intimidatorias u ofensivas para los derechos personales del Personal de LA CÁMARA. 

3. Los miembros del Personal de LA CÁMARA están obligados a evitar cualquier tipo de discriminación (incluido el acoso, mobbing, etc.) y a facilitar un trato respetuoso y de colaboración.

4. LA CÁMARA observa una política de selección de personal rigurosa y objetiva, que atiende a los méritos académicos, personales y profesionales de los candidatos y a las necesidades de LA CÁMARA, cumpliendo la legislación aplicable en materia de contratación de profesionales y seguridad social.

5. LA CÁMARA garantiza a los miembros del Personal el derecho de sindicación, de libertad de asociación y de negociación, sin que por ello puedan sufrir ningún tipo de represalia.

6. El Personal de LA CÁMARA está obligado a actuar, en sus relaciones laborales con otros colaboradores, conforme a criterios de respeto, dignidad y justicia, teniendo en cuenta la diferente sensibilidad cultural de cada persona y no permitiendo ninguna forma de violencia, acoso o abuso en el trabajo, ni discriminaciones por cualquier causa, o condición personal o social ajena a sus condiciones de mérito y capacidad, con especial consideración hacia la atención y la integración laboral de las personas con discapacidad o minusvalías.

Artículo 8. Imagen y reputación.

1. LA CÁMARA, como corporación de derecho público que tiene como finalidad primordial la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria, los servicios y la navegación, considera su imagen y reputación como uno de sus activos más valiosos para preservar la confianza de empresas, personal, proveedores, instituciones, autoridades y sociedad en general.

2. LA CÁMARA informará siempre de forma veraz, adecuada y congruente sobre su actividad. La veracidad de la información es un principio básico que debe regir la actuación del Personal de LA CÁMARA, en línea con el principio ético de transparencia y buen uso de la información mencionado en el artículo 5.2 anterior.

3. Todo el Personal de LA CÁMARA debe contar con la autorización necesaria para intervenir, en representación de LA CÁMARA, ante los medios de comunicación, participar en jornadas profesionales o seminarios, y en cualquier evento que pueda tener difusión pública, siempre que su intervención sea consecuencia de su vinculación con esta. En estos casos deberá respetar la línea de opinión de la institución que deberá ser consultada previamente.

Artículo 9. Datos personales.

1. LA CÁMARA se compromete a no divulgar datos de carácter personal de los miembros del Personal de LA CÁMARA, salvo consentimiento de los interesados, en atención a su interés legítimo, y en los casos de obligación legal o cumplimiento de resoluciones judiciales o administrativas. En ningún caso los datos de carácter personal de los miembros del Personal de LA CÁMARA podrán ser tratados para fines distintos de los legales o contractualmente previstos, ni para una finalidad distinta por la que los mismos fueron recabados.

Asimismo, LA CAMARA elegirá únicamente encargados de tratamiento que ofrezcan garantías suficientes para aplicar medidas técnicas y organizativas apropiadas, de manera que el tratamiento sea conforme a los requisitos que establece el Reglamento General de Protección de Datos (art.28 RGPD)

2. Los miembros del Personal de LA CÁMARA que por su actividad accedan a datos personales de clientes, proveedores y otros profesionales que forman parte de registros de actividades y tratamientos de datos personales titularidad de LA CÁMARA se comprometen a mantener la confidencialidad de esos datos y a cumplir con las políticas de seguridad de la información en materia de protección de datos de carácter personal.

Por ello, siguiendo el protocolo de LA CAMARA en la recopilación de datos de carácter personal de colaboradores, proveedores o cualquier persona o entidad con la que se guarde relación contractual o de otra naturaleza, todos los miembros del Personal de LA CÁMARA recabarán los consentimientos, cuando resulte preceptivo, y se comprometerán a la utilización de los datos personales conforme a la finalidad autorizada por el otorgante de dicho consentimiento.

Asimismo, deben conocer y respetar todos los procedimientos internos implementados respecto del almacenamiento, custodia, modificación y acceso a los datos que están destinados a garantizar diferentes niveles de seguridad exigidos por la legislación aplicable.

3. Los miembros del Personal de LA CÁMARA y El Comité de Empresa deberán ser informados de la designación del Delegado de Protección de Datos, por parte de LA CÁMARA.

Artículo 10. Seguridad y salud en el trabajo.

1. LA CÁMARA impulsará la adopción de políticas de seguridad y salud laboral, e impulsará las medidas preventivas establecidas al respecto en la legislación vigente y cualesquiera otras que pudieran establecerse en el futuro, todas ellas dirigidas a proporcionar un ambiente de trabajo respetuoso con la salud, la eficacia y la seguridad de los miembros del Personal de LA CÁMARA.

2. Todos los miembros del Personal de LA CÁMARA deben conocer y cumplir las normas relativas a seguridad y salud en el trabajo, con el objetivo de prevenir y minimizar los riesgos laborales, y velar por la seguridad propia y de cualquier persona que pudiera verse afectada en el desarrollo de sus actividades.

3. LA CÁMARA utilizará todos los medios que estén a su alcance para informar al Personal de LA CÁMARA, empresas colaboradoras y proveedores de todas las normas y programas que rigen en LA CÁMARA relativos a esta materia.

Artículo 11. Recursos y medios para el desarrollo de la actividad

profesional.

1. LA CÁMARA se compromete a poner a disposición de todos los miembros del Personal de LA CÁMARA, los recursos y medios necesarios y adecuados para el desarrollo de su actividad profesional.

2. Sin perjuicio del obligado cumplimiento de los procedimientos específicos sobre recursos y medios de comunicación de la institución, el Personal de LA CÁMARA se compromete a hacer un uso responsable, seguro y eficiente de los recursos y de los medios de comunicación, de los sistemas informáticos y, en general, de cualesquiera otros medios que LA CÁMARA ponga a su disposición para el ejercicio de su actividad profesional. Por ello, en ningún caso estos medios generan expectativas de privacidad, pudiendo su uso ser supervisado por LA CÁMARA en el ejercicio proporcional de sus deberes de control.

3. La utilización de los equipos, sistemas y programas informáticos que se ponen a disposición del Personal de LA CÁMARA para el desarrollo de su trabajo, incluida la facilidad de acceso y operativa a Internet, deberá ajustarse a criterios de profesionalidad, seguridad y eficiencia, excluyendo cualquier uso, acción o función informática que sea ilícita o contraria a las instrucciones de LA CÁMARA las cuales se darán a conocer a todo el Personal

4. Los miembros del Personal de LA CÁMARA no explotarán, reproducirán, replicarán o cederán los sistemas y aplicaciones informáticas propiedad de LA CÁMARA. Asimismo, no instalarán o utilizarán en los equipos informáticos propiedad de LA CÁMARA programas o aplicaciones no autorizados.

Artículo 12. Tratamiento y confidencialidad de la información.

1. La información no pública que sea propiedad o esté en custodia de LA CÁMARA tendrá, con carácter general, la consideración de información reservada y confidencial, y estará sujeta a secreto profesional, sin que su contenido pueda ser facilitado a terceros.

2. El Personal de LA CÁMARA se abstendrá de utilizar en su propio beneficio cualquier dato, información, documento confidencial obtenido durante el ejercicio de su actividad profesional en LA CÁMARA. Asimismo, tampoco utilizarán datos, información o documentos de carácter confidencial de terceros sin su autorización por escrito y se abstendrán de utilizar también cualquier dato, información o documento confidencial obtenido con anterioridad al ejercicio de su actividad profesional en LA CÁMARA.

3. El Personal de LA CÁMARA se compromete a mantener la confidencialidad y a hacer un uso acorde, de cualquier dato, información o documento confidencial obtenido durante el ejercicio de sus responsabilidades. Con carácter general, y a menos que se les indique lo contrario, la información a la que tienen acceso los miembros del Personal de LA CÁMARA debe siempre ser considerada confidencial y únicamente podrá ser utilizada para la finalidad por la que fue obtenida, y se prohíbe expresamente su comunicación a terceros.

Asimismo, no deberán hacer duplicados reproducirla ni hacer más uso de la información que el necesario para el desarrollo de sus tareas y no la almacenarán en sistemas de información que no sean propiedad de LA CÁMARA, salvo en los casos y finalidades expresamente autorizados.

Es responsabilidad de LA CÁMARA y de todo su Personal poner los medios de seguridad necesarios y suficientes para proteger la información reservada y confidencial registrada en soporte físico o electrónico, frente a cualquier riesgo interno o externo de acceso no consentido, manipulación o destrucción, tanto intencionada como accidental, atendiendo a la política de seguridad de la información redactada y firmada por el Personal de la Cámara.

4. Ante cualquier duda sobre el carácter confidencial o no de la información, ésta debe considerarse como reservada.

5. En caso de cese de la relación laboral o profesional, el miembro del Personal de LA CÁMARA deberá devolver la información reservada y confidencial de la misma, incluyendo los documentos y medios o dispositivos de almacenamiento, subsistiendo en todo caso el deber de confidencialidad de la información reservada.

6. El Personal de LA CÁMARA deberá comunicar la información de forma honesta, veraz, adecuada, tanto en el interior de LA CÁMARA como en el exterior. La veracidad de la información es un principio básico que debe regir en toda actuación de los miembros del Personal de LA CÁMARA. En ningún caso deberá facilitarse información incorrecta, organizada de forma equívoca o intentar confundir a los que la reciben.

7. Cualquier indicio razonable de fuga de información confidencial o de uso particular de ésta, deberá ser comunicado inmediatamente por el personal que tenga conocimiento de ello, al responsable de seguridad designando por LA CÁMARA a tal efecto, y al Delegado en Protección de Datos, señalado en el punto 3, del artículo 9.

8. La información económico-financiera de LA CÁMARA, especialmente las cuentas anuales y declaraciones fiscales, reflejarán fielmente su realidad económica, financiera y patrimonial, de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados y las normas de información financiera que le sean aplicables. A estos efectos, ningún miembro del Personal de LA CÁMARA ocultará o distorsionará la información de los registros e informes contables de esta.

9. LA CÁMARA publicará en su PORTAL DE TRANSPARENCIA donde pone a disposición de la ciudadanía información relevante relativa a sus ámbitos de actuación, como garantía de una gestión responsable, permitiendo el ejercicio de los derechos de acceso a la información pública.

Artículo 13. Propiedad intelectual e industrial.

1. Los miembros del Personal de LA CÁMARA están comprometidos con la protección de la propiedad intelectual e industrial propia y ajena que incluye, entre otros, derechos de autor, patentes, marcas, nombres de dominios, derechos de reproducción, derechos de diseño, de extracción de base de datos y derechos sobre conocimientos técnicos especializados.

2. Los miembros del Personal de LA CÁMARA serán respetuosos en cuanto a la protección de la propiedad intelectual e industrial propia y la de terceros a fin de evitar infringir sus derechos.

Artículo 14. Medidas antifraude.

1. Los miembros del Personal de LA CÁMARA no podrán, directamente o a través de persona interpuesta prometer, ofrecer o conceder ni solicitar o aceptar ventajas, regalos o beneficios de cualquier naturaleza no justificados que tengan por objeto obtener un beneficio para LA CÁMARA, para sí mismos o para un tercero. En ningún caso se deberá aceptar ni ofrecer ventajas o beneficios que influyan, puedan influir o se puedan interpretar como influencia en la toma de decisiones propias o de un tercero.

En particular, no podrán dar ni recibir cualquier forma de incentivo, dádiva, merced, soborno o comisión de terceros, tales como funcionarios públicos, empresas, partidos políticos, autoridades, clientes o proveedores. Los actos de soborno, expresamente prohibidos, incluyen el ofrecimiento o promesa, directa o indirecta, de cualquier tipo de ventaja impropia, cualquiera que sea el instrumento para su encubrimiento, así como el tráfico de influencias.

2. Esta prohibición de aceptar y ofrecer regalos o ventajas resulta aplicable tanto a las entregas, promesas u ofrecimientos que pudieran realizarse directamente por miembros del Personal de LA CÁMARA, como a las que pudieran realizarse a través de intermediarios, agentes, bróker, asesores o cualquiera otra persona interpuesta.

El Personal de LA CÁMARA podrá aceptar regalos de cortesía, así como invitaciones o atenciones que no excedan de los límites considerados razonables en los usos sociales y de cortesía.

3. Cualquier actividad de patrocinio o donación en la que LA CÁMARA quiera participar deberá ajustarse a los principios y compromisos establecidos en el presente Código y a las normas internas que les sean de aplicación.

Artículo 15. Conflicto de interés.

1. Se considera conflicto de interés aquella situación en la que los intereses personales de los miembros del Personal de LA CÁMARA, de forma directa o indirecta, son contrarios o entran en colisión con los intereses de la institución, interfieren en el cumplimiento recto de sus deberes y responsabilidades profesionales o le involucran a título personal en alguna transacción u operación económica de LA CÁMARA.

Existirá en todo caso conflicto de interés cuando una decisión a adoptar por un miembro del Personal de LA CÁMARA en el marco de su relación con la esta pueda determinar algún tipo de ventaja para aquél o para una persona o entidad vinculada al mismo.

2. Los miembros del Personal de LA CÁMARA no podrán realizar, salvo autorización escrita expresa, operaciones ni actividades que supongan o puedan suponer un conflicto de interés. En este sentido, deben evitar situaciones que puedan dar lugar a un conflicto entre los intereses personales y los de LA CÁMARA, y abstenerse de representarla e intervenir o influir en la toma de decisiones en cualquier situación en la que directa o indirectamente tengan un interés personal. El Personal de LA CÁMARA no podrá valerse de su posición para obtener ventajas patrimoniales o personales ni oportunidades de negocio.

3. En todo lo relativo a esta circunstancia será de aplicación lo dispuesto en la Política/Protocolo de Conflicto de Interés de la entidad.

4. En cualquier caso, cualquier miembro del Personal de LA CÁMARA que se halle en situación de conflicto de interés, o tenga conocimiento de cualquiera de estos supuestos, o alguna duda ante una situación particular, deberá informar al Órgano de Cumplimiento.

IV. EL ENTORNO

Artículo 16. Clientes.

1. En las relaciones con los clientes deben aplicarse en todo caso los principios de confianza y transparencia. El asesoramiento que se facilite a los clientes será siempre veraz, ofreciendo las alternativas disponibles en cuanto a productos y servicios que mejor se adecuen a sus necesidades o circunstancias.

2. Los miembros del Personal de LA CÁMARA evitarán cualquier clase de interferencia o influencia de clientes que pueda alterar su imparcialidad y objetividad profesional.

Artículo 17. Proveedores.

1. Los procesos de selección de proveedores que lleve a cabo LA CÁMARA se ajustarán a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación, concurrencia y confidencialidad.

2. La información que el Personal de LA CÁMARA facilite a los proveedores será veraz, evitando que pueda inducir a error o engaño.

3. El Personal de LA CÁMARA no podrá divulgar la información facilitada por los proveedores que éstos hayan declarado confidencial y se refiera a secretos técnicos o comerciales o demás aspectos reservados de las ofertas.

Artículo 18. Administraciones Públicas.

1. LA CÁMARA asume el compromiso de que sus relaciones con las Administraciones Públicas y autoridades se entablarán bajo el principio de colaboración y máxima transparencia y prohíbe la realización de prácticas que puedan considerarse irregulares.

2. Los miembros del Personal de LA CÁMARA se relacionarán con las Administraciones Públicas de forma lícita, transparente, ética, respetuosa y alineada con las disposiciones en materia de prevención de la corrupción y del soborno.

3. Los miembros del Personal de LA CÁMARA se abstendrán de prometer o realizar con cargo, en favor o en nombre de LA CÁMARA, aportaciones u regalos, a partidos políticos, autoridades, o funcionarios públicos, Organismos y Administraciones Públicas en general y rechazarán cualquier propuesta por parte de estos de realizar tales conductas.

Los miembros del Personal de LA CÁMARA se abstendrán de realizar pagos de facilitación o agilización de trámites, consistentes en la entrega de dinero, prestación de servicios u otras cosas de valor, cualquiera que sea su importe, a cambio de asegurar o agilizar el curso de un trámite o actuación cualquiera que sea su naturaleza frente cualquier órgano judicial, administración pública u organismo oficial.

4. En materia de fondos comunitarios, LA CÁMARA perseguirá la satisfacción de los intereses generales y se fundamentará en consideraciones objetivas orientadas hacia la imparcialidad y el interés común, con sujeción a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad de trato y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por los organismos otorgantes y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, al margen de cualquier otro factor que exprese posiciones personales, familiares, corporativas, clientelares o cualesquiera otras que puedan colisionar con este principio.

Artículo 19. Prevención del blanqueo de capitales y control de pagos.

1. LA CÁMARA manifiesta su firme compromiso en la prevención del blanqueo de capitales y de irregularidades en los pagos.

2. Los miembros del Personal de LA CÁMARA deberán vigilar los pagos a/o por terceros en metálico que resulten inusuales, los realizados mediante cheque al portador, en divisas o de cuentas situadas en paraísos fiscales.

Artículo 20. Protección del medio ambiente.

1. LA CÁMARA desarrolla su actividad desde el respeto y preservación del medio ambiente, cumpliendo los estándares establecidos en la normativa medioambiental que le sea de aplicación y minimizando el impacto de sus actividades sobre el medio ambiente.

2. LA CÁMARA asume como pauta de comportamiento minimizar los residuos y la polución, conservar los recursos naturales y promover el ahorro de energía.

v. EL CANAL INTERNO DE INFORMACIÓN

Artículo 21. Canal de Información.

1. LA CÁMARA dispondrá de un Canal Interno de Información con el objeto de fomentar el cumplimiento de la legalidad y las normas de conducta establecidas en este Código.

2. El Canal de Información es un canal interno habilitado para que tanto los miembros del Personal de LA CÁMARA como terceros relacionados con esta pueda comunicar conductas que impliquen la comisión de alguna irregularidad o de algún acto contrario a la legalidad o a las normas de actuación de este Código.

3. Todo lo relativo a este canal se regulará en una política y protocolo independientes, pero fácilmente accesibles para todos sus destinatarios.

Artículo 22. Principios informadores del Canal Interno de Información.

1. Los miembros del Personal de LA CÁMARA que tengan indicios razonables de la comisión de alguna irregularidad o de algún acto contrario a la legalidad o a las normas de actuación de este Código, deberán comunicarlo a través del Canal Interno de Información. Asimismo, cualquier miembro del Personal de LA CÁMARA que albergue dudas acerca de si un determinado comportamiento (incluso por omisión) es contrario al Código o a la legalidad en general lo consultará con el Órgano de Cumplimiento a través del Canal Interno de Información.

2. En cualquier caso, dichas comunicaciones deberán atender siempre a los criterios de veracidad y proporcionalidad, no pudiendo ser utilizado este mecanismo con fines distintos de aquellos que persigan el cumplimiento de la legalidad y de las normas del presente Código, como, por ejemplo, para tramitar quejas ordinarias.

3. La identidad de la persona que comunique una actuación anómala a través del Canal Interno de Información tendrá la consideración de información confidencial y, por lo tanto, no será revelada sin su consentimiento, garantizando la reserva de su identidad y evitando cualquier tipo de respuesta hacia el comunicante por parte del denunciado como consecuencia de la comunicación.

4. Sin perjuicio de lo anterior, los datos de las personas que efectúen la comunicación podrán ser facilitados tanto a las autoridades administrativas o judiciales, en la medida en que fueren requeridos por tales autoridades como consecuencia de cualquier procedimiento derivado del objeto de la comunicación. Dicha cesión de los datos a las autoridades administrativas o judiciales se realizará siempre dando pleno cumplimiento a la legislación sobre protección de datos de carácter personal e informando previamente al informante.

5. Las informaciones de carácter personal derivadas de las comunicaciones efectuadas por medio del Canal Interno de Información se incorporarán a un fichero de datos de carácter personal.

6. Todo lo relativo al Canal Interno de Información se regulará política y protocolos independientes, pero fácilmente accesibles para todos sus destinatarios.

7. LA CÁMARA no adoptará ninguna forma de represalia, directa o indirecta, contra los miembros del Personal de LA CÁMARA que hagan un uso de buena fe del Canal de Información conforme con lo dispuesto en el presente Código y en las Normas de utilización del Canal de Información de LA CÁMARA.

VI. EL ÓRGANO DE CUMPLIMIENTO

Artículo 23. El ÓRGANO DE CUMPLIMIENTO.

1. El Órgano de Cumplimiento es un órgano de carácter interno de LA CÁMARA, con competencias en el ámbito del cumplimiento del Código.

2. La función principal del Órgano de Cumplimiento es la de supervisar el funcionamiento y el cumplimiento del Código, sin prejuicio de cualquier otro medio específico que se le pueda asignar en materia de prevención de riesgos penales, y goza de poderes autónomos de iniciativa y control.

3. El Órgano de Cumplimiento contará con los recursos personales, económicos y tecnológicos necesarios para el desempeño de sus funciones.

4. La composición y regulación del Órgano de Cumplimiento vendrá establecida.

Artículo 24. Competencias del Órgano de Cumplimiento.

1. El Órgano de Cumplimiento tendrá facultades para elaborar y proponer las disposiciones internas que considere necesarias para el desarrollo y aplicación del presente Código.

2. En cualquier caso, el Órgano de Cumplimiento gozará de poderes autónomos de iniciativa y control en el ejercicio de sus funciones y garantizará, entre otras:

a) La confidencialidad de todos los datos y antecedentes manejados y de las actuaciones llevadas a cabo, salvo que por Ley o requerimiento judicial se proceda a la remisión de información.

b) El análisis exhaustivo de cualquier dato, información o documento en base a los cuales se promueva su actuación.

c) La instrucción de un procedimiento adecuado a las circunstancias de cada caso, en el que se actuará siempre con independencia y pleno respeto del derecho de audiencia y de la presunción de inocencia de cualquier persona afectada.

d) La indemnidad de cualquier comunicante como consecuencia de la presentación de instancias o denuncias de buena fe al Órgano de Cumplimiento.

Las decisiones del Órgano de Cumplimiento deberán ser atendidas por el personal de LA CÁMARA.

VII. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 25. Régimen disciplinario.

1. LA CÁMARA desarrollará las medidas necesarias para la eficaz aplicación del Código.

2. Cuando el Órgano de Cumplimiento determine que un miembro del Personal de LA CÁMARA ha realizado actividades que contravengan lo establecido en la Ley o en este Código, propondrá a la Dirección o al Comité Ejecutivo la aplicación de medidas conforme a las disposiciones legales y normativa interna que sea de aplicación, así como a la legislación laboral aplicable.

Artículo 26. Actualización.

1. El Código se revisará y actualizará periódicamente, a la vista de las propuestas que pueda hacer el Órgano de Cumplimiento, así como de las sugerencias y propuestas que realicen los miembros del Personal de LA CÁMARA.

2. Cualquier revisión o actualización que suponga una modificación del Código, deberá ser elaborado por el Comité Ejecutivo y aprobada por el Pleno de LA CÁMARA.

Artículo 27. Aceptación.

1. Todos los miembros del Personal de LA CÁMARA están obligados a cumplir con el Código desde el momento de su incorporación y durante su vinculación con LA CÁMARA, con el compromiso de que en su desempeño profesional aplicarán los valores, principios y normas recogidos en el mismo.

2. Los miembros del Personal de LA CÁMARA que en el futuro se incorporen, pasen a formar parte o presten sus servicios a LA CÁMARA, aceptarán expresamente el contenido de este Código.

Artículo 28. Aprobación y vigencia.

El Código ha sido elaborado por el Comité Ejecutivo de LA CÁMARA y aprobado por el Pleno en su sesión celebrada el 19 de octubre de 2023 y está en vigor desde el día siguiente a su aprobación.

 

El Código de Buenas Prácticas podrá ser descargado en formato .odt o .pdf

Si quiere conocer la normativa aprobada por el Gobierno Estatal, a raíz de la situación del estado de alarma, así como otras concretas por parte del Gobierno de Canarias o local de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, y resolver las dudas que le puedan surgir al respecto, cumplimente el formulario de consulta.

Acceder al formulario 

o  bien puede

Acceder a la normativa publicada .

 

 

Las Comisiones Sectoriales actuales son las siguientes:

  • COMISIÓN DE COMERCIO INTERIOR 
  • COMISIÓN DE COMERCIO EXTERIOR
  • COMISIÓN DE INDUSTRIA
  • COMISIÓN DE PUERTOS

Si se trata de una situación temporal durante el periodo de alarma, puede solicitar la prestación extraordinaria por cese de actividad de los autónomos. Es una medida establecida por el Gobierno para que, aquellos trabajadores autónomos que han visto afectada su actividad por el coronavirus (COVID-19), puedan acceder al cese de actividad (paro en los autónomos).

Asimismo, estarán exonerados de pagar las cotizaciones (no tendrán que pagar la cuota de autónomo durante el periodo que dure el estado de alarma. Se le pasará el cargo habitual del mes de marzo y de oficio se le devolverá la parte correspondiente) a la vez que se le tendrá por cotizado.

Si desea ampliar la información y saber si puede cobrar esta ayuda, qué requisitos debe cumplir, qué cuantía tiene la prestación y dónde debe solicitarla, cumplimente el formulario de consulta.

Acceder al formulario 

Para el caso que tras la entrada en vigor del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19, no tenga claro si puede o no desplazarse a su lugar de trabajo, le invitamos a plantear su consulta  cumplimentando el formulario de consulta

Acceder al formulario 

Los Órganos de Gobierno de la Cámara de Santa Cruz de Tenerife se encuentran situados en la sede de la Cámara ubicada en la Plaza de la Candelaria nº 6 de Santa Cruz de Tenerife y se conforman por el Pleno, el Comité Ejecutivo y el Presidente. El Presidente elegido por el Pleno, ostenta la representación de la Cámara y la presidencia de todos sus órganos colegiados. Es responsable de la ejecución de los acuerdos adoptados por los órganos de gobierno. En una Cámara de Comercio la capacidad decisoria.

 

¿Qué es el Pleno y para qué sirve?

El Pleno es el órgano supremo de gobierno y representación de la Cámara. Está compuesto por empresas de la demarcación y personas de reconocido prestigio en el mundo empresarial, elegidos, democráticamente, cada cuatro años. El Pleno aprueba el presupuesto, determina la política de la Cámara y designa, en su seno, al Comité Ejecutivo y al Presidente.

El número de miembros que compone el Pleno de cada Cámara, es variable. Como mínimo tendrá 10 y como máximo 60 representantes. Se distribuye en grupos y categorías en atención a la importancia relativa de los diversos sectores. Así, tendrán representación proporcional todos los sectores comerciales, industriales y de servicios de sus respectivas demarcaciones. A la hora de elegir los representantes del Pleno, el voto es igual para todas las empresas. Tiene la misma validez el voto de una sociedad de 4.000 empleados que el de un autónomo.

Los organismos de trabajo de la Cámara son las sesiones plenarias, los comités ejecutivos, las comisiones y los grupos de trabajo.

 

¿Qué es el Comité Ejecutivo y para qué sirve?

El Comité Ejecutivo es el órgano encargado de la gestión, administración y propuesta de la Cámara, y está compuesto por el Presidente, Vicepresidentes, Tesorero y los miembros del Pleno que se determinen. La Administración tutelante regulará el número de miembros integrantes del Comité, pudiendo designar a un representante que deberá ser, necesariamente, convocado a las reuniones del Comité.

Las Funciones del Comité Ejecutivo se centran en realizar y dirigir las actividades necesarias para que la Cámara desarrolle sus funciones. Propone al Pleno los programas anuales de actuación y gestión corporativa, realizando una labor de control sobre los ya en curso. Es el encargado de proponer al Pleno el ejercicio de las acciones y la interposición de recursos ante cualquier jurisdicción.

El Comité Ejecutivo tiene atribuciones para proponer al Pleno la modificación, total o parcial, del Reglamento de Régimen Interior y el régimen de Personal de la Cámara y toda clase de resoluciones en materia de recursos humanos.

En caso de extrema necesidad, el Comité Ejecutivo está facultado para adoptar decisiones sobre materias que afecten, normalmente, al Pleno, dándole cuenta en la primera sesión que se celebre.

 

Datos actualizados al 7 de abril de 2020

Para realizar su consulta por escrito pulse aquí 

o llame al teléfono 922100400

 INFORMACIÓN URGENTE: Solicitud de aplazamiento del pago de la cuota del mes de abril de los autónomos. (plazo máximo hasta el 10 de abril).

 


IconoDocumentoRojoWeb 225Contactos para continuar recibiendo los servicios de la Cámara de Comercio.

 
IconoDocumentoRojoWeb 225Áreas de información sobre las que te podemos asesorar . Haznos tu pregunta relacionada con la medidas económicas por el COVID-19:

 

IconoDocumentoRojoWeb 225Información específica en  autónomos y prestación por cese de actividad

 

IconoDocumentoRojoWeb 225Información sobre aplazamiento de impuestos, cuotas SS y otros pagos

 

IconoDocumentoRojoWeb 225Información general sobre los decretos aprobados por el Gobierno

 

IconoDocumentoRojoWeb 225Información sobre los ERTES

 

IconoDocumentoRojoWeb 225Información sobre medidas de teletrabajo

 

IconoDocumentoRojoWeb 225Información específica sobre financiación mediante prestamos ICO

 

IconoDocumentoRojoWeb 225Información sobre justificación de desplazamientos por motivos de trabajo

 

IconoDocumentoRojoWeb 225Información específica sobre importaciones/exportaciones

 

IconoDocumentoRojoWeb 225Otras informaciones sobre el Covid-19 y la actividad empresarial

 

 

Otras consultas sobre el COVID-19

 
IconoDocumentoRojoWeb 225Normativa vigente y actualizada en materia de coronavirus.

 
IconoDocumentoRojoWeb 225Guías sectoriales de buenas prácticas.

 
IconoDocumentoRojoWeb 225Modelos de certificado para la circulación de los trabajadores y autónomos.

 
IconoDocumentoRojoWeb 225Preguntas  y repuestas frecuentes sobre el COVID-19.

 

 
IconoDocumentoRojoWeb 225Enlaces de interés de la Comisión Europea sobre el coronavirus

 
IconoDocumentoRojoWeb 225Ministerio de Sanidad. Recomendaciones para frenar la expansión del virus.

 
IconoDocumentoRojoWeb 225Noticias de la Cámara sobre el COVID-19.

 

 

 

 

 

PRESIDENTE:

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  • D. Santiago Sesé Alonso

VICEPRESIDENTES:

  • D. Raúl García Pascual 
  • D. Rodolfo Núñez Ruano
  • Dª. Victoria González Cuenca

TESORERO:

  • D. Arturo Juan Escuder Martín

RESTO DE VOCALES DEL COMITÉ EJECUTIVO:

  • D. Alberto Villalobos Márquez
  • D. Celio Rodríguez Vicente 
  • D. David Hernández Cabrera
  • D. Domingo Manuel Ramos Sierra
    • Delegado cameral en La Gomera
  • D. Jorge Manuel Medina Pérez
    • Delegado cameral en La Palma
  • D. Juan Padrón Negrín
    • Delegado cameral en El Hierro
  • D. Manuel Afonso Salazar
  • Dª. Mª Victoria López Fuentes 
  • Dª Raquel Malo Serisa
  • Dª. Rosset Achi Dumpiérrez

RESTO DE VOCALES DEL PLENO: 

  • D. Abbas Moujir Hegeige
  • Dª. Alejandra Abreu Padín
  • D. Antonio Fernández López 
  • D. Antonio José Armas Caraballo 
  • D. Daniel Peña Martín 
  • D. Diego Vega La-Roche
  • D. Esteban Alberto Herrera Cedrés 
  • D. Francisco Julio Peláez Puerto 
  • D. Iván Rodríguez de Azero de Ponte 
  • D. Jesús Francisco Gómez Medina 
  • D. Jesús Orozco García
  • D. José Barreiro Vilacoba
  • D. José Manuel Fernández Sabugo 
  • D. Juan Luis Lorenzo Rodríguez
  • D. Theo Hernando Olmo
  • D. Luis Aguiar García
  • D. Luis Ignacio Vega Armas
  • D. Marcos González Cuenca 
  • D. Marcos José Delgado Ojeda 
  • Dª. María del Carmen Gallardo Medina 
  • Dª. Mª Dolores Rodríguez de Azero 
  • D. Martín García Garzón
  • D. Miguel Herreros Altamirano
  • D. Nicolás Quintana Ramos 
  • D. Ramón Fariña Negrín 
  • D. Tomás Armando Martín Rodríguez

RELACIÓN DE VOCALES COLABORADORES:

  • D. Emérito Ramón Rodríguez Frías
  • D. Hugo Luengo Barreto
  • Dª. Irene González de la Cruz
  • D. José Ramón Villalba 
  • D. Juan Carlos Arricivita Bello
  • Dª Yurena Rodríguez Vicente
  • D. Zacarías Miguel Galindo González
 

Realiza tu consulta enviando un email a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y te contestaremos a la mayor brevedad.
También está disponibles el teléfono 922 100 400 para las consultas

 

 

Estimado usuario ante la situación actual provocada por la epidemia de coronavirus COVID19le informamos de los siguientes aspectos para poder acceder a nuestros servicios:

1. Con el objeto de frenar la expansión del virus, la sede central de la Cámara de Comercio de Santa Cruz de Tenerife permanecerá cerrada al público, siguiendo instrucciones de la policia, pero atenderá las consultas de los usuarios en horario de 8:00 a 15:00 horas, por vía telefónica o telemática.  En caso de tener que entregar o recoger algún documento físico se podrá contactar igualmente a través de los teléfonos y emails indicados, estableciendo una cita para poder hacer el trámite.

Los teléfonos y emails de contacto son:   

Sede principal

  • Teléfono 922 100 400  
  • Correo electrónico :Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 
  • Asimismo, se mantendrán abiertos todos los correos electrónicos de la Cámara entre los que cabría destacar:

Departamento de formación: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Programa Integral de Cualificación y Empleo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Departamento de comercio exterior: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Departamento de innovación y tecnología: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.  

2. El resto de las delegaciones y la oficina del sur de Tenerife permanecerán igualmente cerradas al público, aunque continuarán prestando sus servicios de forma telefónica y telemática

Antena del Sur 

  • Teléfono 674 06 36 96
  • Correo electrónico:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.   

Delegación de La Palma 

  • Teléfono: 922 412 196
  • Correo electrónico:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 

Delegación de El Hierro 

  • Teléfono: 922 92 99 05
  • Correo electrónico:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Delegación de La Gomera 

  • Teléfono: 922 14 11 61
  • Correo electrónico:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 

3. Se suspenden todas las acciones formativas presenciales, durante los próximos 14 días a la espera de la evolución de la situación.

4. Se posponen las misiones comerciales programadas para el primer semestre del año.

5. Se mantiene la emisión de certificados de origen, visados y cuadernos ATA necesarios para el tráfico internacional de mercancía, aunque se amplía el plazo de tramitación. Se deberán solicitar al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

6. Lweb camaratenerife.com se mantendrá diariamente actualizada con información de interés para las pymes.

 

Otra información de interés 



IconoDocumentoRojoWeb 225Modelos de certificados para la circulación de los trabajadores y autónomos

IconoDocumentoRojoWeb 225Información del Ministerio de Sanidad a seguir para frenar la expansión del virus

IconoDocumentoRojoWeb 225Normativa vigente y actualizada en materia del coranovirus

 

 

 

Tenerife Licita se reúne con la presidenta del Banco Centroamericano de Integración Económica

12/09/2024

El presidente de la Comisión de Comercio Exterior de la Cámara de Comercio de Santa Cruz de Tenerife, Arturo Escuder, se reunió el pasado miércoles 4 de septiembre con la presidenta del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), Gisela Sánchez en la sede del organismo en Madrid. Esta actividad organizada por el Club de Exportadores e Inversores Españoles, permitió al reducido grupo de asistentes conocer las líneas de actuación de este organismo para los próximos cinco años.

El Banco Centroamericano de Integración Económica se presenta como un organismo clave en la ejecución de proyectos para el desarrollo de los países ubicados en Centroamérica, con desembolsos que superan los 2.700 millones de dólares al año. La condición de España como socio del banco y los elevados fondos disponibles permiten la aparición de numerosas oportunidades de negocio para las empresas tinerfeñas.

Entre los objetivos destacados en la reunión se encuentran: lograr un crecimiento en el sector privado, impulsar la colaboración con microempresas, potenciar valores como equidad de género o medioambiente en los proyectos que se desarrollen, y aumentar su presencia en países con potencial de crecimiento.  De este modo, la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible se ha convertido en la piedra angular de las actuaciones tanto del BCIE como del resto de bancos de desarrollo.

El programa Tenerife Licita, iniciativa conjunta de la entidad cameral y el Cabildo de Tenerife, es consciente de la gran importancia de conocer las estrategias de esta institución financiera para los próximos años en su tarea de apoyo y asesoramiento a las empresas del consorcio.

La Cámara de Comercio confirma que las actividades relacionadas con los servicios ralentizan la bajada del IPC

12/09/2024

  • La evolución de los precios en Canarias sigue siendo positiva, de forma que esta moderación continuará favoreciendo un mayor poder adquisitivo de las familias
  • Los datos conocidos hoy favorecen el estímulo de la actividad y al crecimiento económico del Archipiélago
  • Con una variación anual del 2,5% Canarias registra en agosto el nivel de inflación más bajo de los últimos tres años. Respecto al valor más alto alcanzado en agosto de 2022 supone un descenso de siete puntos en dos años

12 de septiembre, 2024, S/C de Tenerife. -  La Cámara de Comercio, Industria Servicios y Navegación de Santa Cruz de Tenerife ha analizado hoy los datos del Índice de Precios al Consumo (IPC) publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), concluyendo, entre otros puntos, que el coste de determinados bienes y servicios vinculados con la actividad turística está provocando que este indicador no se reduzca en la misma medida que en el resto del territorio nacional.

En concreto, el presidente de la Cámara, Santiago Sesé, se refirió al precio del grupo ‘Ocio y Cultura’, que lideró el crecimiento durante el pasado mes. También hizo referencia al de ‘Restaurantes y Hoteles’, que mostró el mayor incremento en términos interanuales con una variación del 4,8%. Todo esto hace que los precios en Canarias hayan subido un 0,2% en agosto, a la vez que la tasa de variación interanual se reduce cuatro décimas respecto a la de julio, situándose en el 2,5%, dos décimas por encima de la nacional (2,3%).

La inflación subyacente, que excluye los alimentos frescos y la energía por ser los más volátiles, a pesar de que crece en el mes un 0,3%, se mantiene estable en términos anuales con una variación del 2,6%, una décima por debajo de la tasa de variación nacional.

Aun así, el presidente de la Cámara, Santiago Sesé, aseguró que “el dato es positivo porque en los últimos meses se está experimentando una moderación del conjunto general de la cesta de la compra, que registra el dato más bajo desde hace tres años, en concreto, desde agosto de 2021 cuando se situó en el 2,4% y respecto al valor más alto alcanzado en agosto de 2022 supone un descenso de siete puntos en dos años”.

“Los datos nos demuestran que la evolución de los precios en Canarias sigue siendo positiva, de forma que esta moderación continuará favoreciendo un mayor poder adquisitivo de las familias y del coste de muchos bienes y servicios”, asegura el presidente, quien añade que “estas circunstancias permitirán seguir contribuyendo al estímulo de la actividad y al crecimiento económico de la región”.

En agosto, el grupo especial "Servicios" aumenta un 0,6% en el Archipiélago y un 0,4% en el conjunto nacional. Desde la Cámara destacan también “el papel de los alimentos y bebidas alcohólicas, que están presionando los precios al alza, aunque con menor intensidad que hace un año, pero en mayor medida que en el resto del país”. Concretamente la tasa de variación anual del grupo “Alimentos y bebidas no alcohólicas” ha crecido en el último año un 3,2% superando el crecimiento medio nacional que en agosto registró una variación anual del 2,5%


La vivienda es otro de los grupos que “presiona al alza” los precios de la cesta de la compra. “Es, sin duda alguna, uno de los principales costes que repercuten en el poder adquisitivo de las familias”. Así, el grupo de “Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles es el segundo que más ha visto subir sus precios desde agosto de 2023 con una tasa de variación del 3,9%

Por último, el presidente Santiago Sesé recordó que este jueves se conocerá la decisión del Banco Central Europeo sobre la evolución de los tipos de interés, una decisión que se espera esté marcada por esta moderación de la inflación y que previsiblemente confirmará un nuevo descenso de tipos. “La rebaja de los tipos de interés también contribuirá a aliviar las cargas financieras de las familias y empresas”, finalizó.

El Comité Empresarial España-Mauritania presenta su plan de trabajo a los presidentes del Gobierno de ambos países

28/08/2024

  • Este órgano bilateral busca potenciar las buenas relaciones empresariales entre ambos países

Madrid, 28/8/2024.- Los co-presidentes del Comité empresarial bilateral España – Mauritania, Ana Suárez y Mohamed Waled, presentaron este foro de colaboración a los presidentes de los Gobierno de España y de Mauritania, Pedro Sánchez y Mohamed Ould Ghazouani. La iniciativa tuvo lugar este martes, 27 de agosto, en el palacio presidencial de Mauritania en Nouakchott, en el marco del viaje que ha realizado el jefe del ejecutivo español a Mauritania, Gambia y Senegal.

A la reunión acudieron, en representación de Cámara de España, los presidentes de las Cámaras de Comercio de Santa Cruz de Tenerife, Santiago Sesé, y Gran Canaria, Luis Padrón. La delegación española también contó con la participación del consejero delegado de la empresa pública Proexca del Gobierno de Canarias, Pablo Martín Carbajal, mientras que, por parte mauritana, acudieron, junto al co-Presidente Waled, el presidente de la Cámara de Comercio nacional, Mohamed Khouna, y el presidente del grupo de trabajo sobre clima de oportunidades de negocio del Comité bilateral, Mohamed Amara.

La co-presidenta española del Comité destacó que este foro “es un poderoso instrumento económico que tiene por objetivo incrementar las buenas relaciones empresariales entre nuestros dos países”.

El presidente de la Cámara de Comercio de Santa Cruz de Tenerife destacó que “el Comité pretende ser la voz de las empresas en las administraciones públicas de ambos países, porque esta es la mejor manera de trasladar las inquietudes y necesidades que el tejido empresarial tiene a la hora de crear nuevos negocios”. Asimismo, recordó a los presentes los vínculos históricos entre Canarias y Mauritania que se remontan a la época del rey Juba II, en los inicios del imperio romano.

Por su parte, el presidente de la Cámara de Comercio de Gran Canaria, Luis Padrón, destacó que este Comité empresarial bilateral refuerza el compromiso estratégico de la Cámara de España con el continente africano. En esta línea, subrayó la importancia de la futura creación de la Asociación Iberoafricana de Cámaras de Comercio, AFRICO, como un paso clave para fortalecer las relaciones comerciales con África.

Comité bilateral España-Mauritania

El Comité bilateral España – Mauritania es un instrumento impulsado por las Cámaras de Comercio de España y de Mauritania que se constituyó en noviembre de 2023 en un acto acogido por la Cámara de  Santa Cruz de Tenerife y que  albergó en su reunión constitutiva a 22 empresas de ambos países, así como a los respectivos embajadores. El Gobierno de Canarias colabora con las Cámaras de Comercio para impulsar el comité a través de Proexca.

Las relaciones económicas entre España y Mauritania se encuentran en pleno apogeo. España se ha convertido en el segundo proveedor de referencia de Mauritania y primero de Europa, con un importe de compras de más de 600 millones de euros al año, con un incremento del 12,8% en los últimos cinco años. A su vez, España es el primer cliente de Mauritania dentro de la Unión Europea, con unas ventas de 250 millones de euros, que han aumentado un 6% en el último lustro.

Según los datos de Aduanas, recopilados por la Secretaría de Estado de Comercio, cerca de 1.500 empresas españolas efectúan operaciones con el país africano, si bien, Canarias representa el 50% de las ventas españolas a Mauritania, de ahí que el comité bilateral haya sido auspiciado desde las Cámaras de Comercio canarias.

La mejora de las comunicaciones ha sido un elemento clave, gracias a las conexiones aéreas que brindan las aerolíneas que operan entre Canarias y Mauritania. Por mar, hay varios enlaces regulares que permiten el envío de mercancía en contenedores. Esto ha permitido que una de cada cinco empresas españolas que opera en el país sea de origen canario. Al mismo tiempo, Canarias se ha convertido en un destino usual para los mauritanos. Son muchos los que, incluso, tienen segundas residencias en las Islas.

El Comité bilateral ha puesto en marcha un ambicioso plan de trabajo destinado a la identificación y fortalecimiento de áreas de colaboración mutua, así como a la elaboración de propuestas de mejora del entorno físico, económico y regulatorio que permitan dar un nuevo impulso a las relaciones de comercio e inversión entre España y Mauritania, en colaboración y con el respaldo, de ambos Gobiernos.

La Cámara tramita las ayudas al alquiler para viviendas convocadas por el Gobierno de Canarias

21/08/2024

  • Las personas interesadas pueden presentar la solicitud en cualquier oficina de la red provincial de la institución

Santa Cruz de Tenerife 21 de agosto de 2024.- La Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Santa Cruz de Tenerife tramitará las ayudas al alquiler de viviendas aprobadas por la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad del Gobierno de Canarias. Un servicio que responde a la filosofía de colaboración pública- privada por la que apuesta la institución cameral y que sacará partido a las red de oficinas distribuidas en la provincia. 

Las solicitudes se podrán presentar hasta el próximo 30 de agosto, excepto en La Palma que se extenderá hasta el 2 de septiembre. 

Estas subvenciones están financiadas por el Estado con 12.557.760 euros para los años 2024 y 2025, con cargo al Plan Estatal, así como por la Comunidad Autónoma de Canarias con 3.767.328 de euros para el mismo periodo.

El principal objetivo es facilitar el acceso a la vivienda a las personas arrendatarias o cesionarias con escasos recursos económicos, se trata de ayudas directas al alquiler o cesión de uso de la vivienda o habitación, y mejorar la calidad de vida de los inquilinos y sus unidades de convivencia, sufragando hasta un 50% el precio del alquiler o cesión en uso de una vivienda o habitación que se destine a domicilio habitual y permanente.

Está dirigido a  mayores de edad y residentes en España que cuenten con un contrato de alquiler de vivienda en las Islas con ingresos anuales referidos a 2023 no superiores a 3 veces IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples). En determinadas circunstancias hasta 4, en el caso familias numerosas de categoría general, personas con discapacidad y víctimas de terrorismo, y hasta 5 veces, para familias numerosas de categoría especial y personas con discapacidad con grado reconocido igual o superior  al 33%.

La renta tendrá un límite de 600 euros, excepto en determinados casos donde el precio de alquiler es más elevado. Se podrá llegar hasta los 900 euros en el caso de familia numerosa. Si se trata de alquiler de habitaciones este puede llegar a los 300 euros, en el caso de estar la vivienda en algunos de los municipios con condiciones especiales, la ayuda de alquiler puede llegar a los 450 euros. 

Empresas colaboradoras

  • Fundación Cajamar Canarias

  • Grupo Disa

  • Caixabank

  • Compañía Cervecera de Canarias

  • Cajasiete

  • Mapfre

  • Asociación Española Contra el Cáncer

  • Ecoembes

  • Montesano